Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-04-03
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   A2
Sección:   OPINIÓN - CARTAS
Centimetraje:   19x19
El Mercurio
Controles de identidad: Información básica para el debate
'…en 2018 Carabineros realizó más de 4,8 millones de controles de identidad, de los cuales sobre el 91% fue preventivo. Esto hace que nuestra actual tasa de controles por cada mil habitantes sea inédita en términos comparados: más de 255. En Inglaterra, Gales y Escocia estas llegan a alrededor de 5 cada mil…'.
La presentación del proyecto que pretende ampliar los controles de identidad hace necesario dar a conocer alguna información básica para comprender el alcance de las propuestas. En Chile contamos con estas facultades desde el año 1998 (actual art. 85 del Código Procesal Penal), permitiendo a las policías controlar la identidad de cualquier persona (adulto o menor de edad), de registrarla (vestimentas, equipajes y vehículos) e incluso para retenerla hasta por ocho horas en la medida que se pueda justificar la existencia de un indicio (una sospecha) de que la persona controlada hubiera cometido o intentare cometer un delito, entre otras hipótesis. Contrario a lo que se suele afirmar, se trata de una facultad con fines fuertemente preventivos.

Es similar a la que existe en varios países, aun cuando es bastante amplia en comparación, especialmente por los poderes de registro y retención que entrega, que son muy superiores a lo que es común encontrar. Por otra parte, el uso de esta facultad ha sido intenso. Entre los años 2011 y 2015, el promedio anual realizado por Carabineros fue superior a los dos millones de controles. El año 2016 se creó el control preventivo de identidad, que permite a las policías controlar a personas por el solo hecho de circular en un lugar público o uno privado de acceso público (un mall, por ejemplo), sin que sea necesario esgrimir una razón. La facultad de controlar la identidad y retener a una persona —aun por corto tiempo— sin ningún tipo de sospecha es una rareza en el ámbito comparado y ha sido cuestionada en distintos foros, por ejemplo, por las cortes federales de EE.UU. (2013) y en un reciente fallo de la Corte Europea de Derechos Humanos (2019).

Debido a su cuestionamiento, en Chile se aprobó excluyendo a menores de 18 años, limitando el tiempo de retención e imposibilitando el registro. Su uso ha sido intenso y, en la práctica, ha reemplazado al control del art. 85 del CPP. En efecto, el año 2018 Carabineros realizó más de 4,8 millones de controles de identidad, de los cuales sobre el 91% fue preventivo. Esto hace que nuestra actual tasa de controles por cada mil habitantes sea inédita en términos comparados: más de 255. Por ejemplo, en Inglaterra, Gales y Escocia estas llegan a alrededor de 5 cada mil. En la ciudad de Nueva York, en el momento en que facultades similares se ejercieron con mayor intensidad (2011), lo que llevó a declarar inconstitucional su uso el año 2013, la tasa era de 82 por cada mil. Hoy esa cifra bajó a 1,3 por cada mil. La evidencia comparada muestra que se trata de una estrategia de nulo o marginal rendimiento en la prevención y reducción del delito, pero que, además, genera graves problemas de discriminación, abusos y afectación de derechos de ciudadanos inocentes y de deterioro de la relación entre policía y comunidad

. En Chile ni las autoridades ni Carabineros cuentan con un diagnóstico o evaluaciones sobre la materia. Las cifras disponibles coinciden eso sí con la evidencia comparada en materia de eficacia de los controles. Luego de haber aumentado de 2 a 4,8 millones entre los años 2015 y 2018, hoy se detiene a menos personas (en todo tipo de delitos y por los de mayor connotación) que antes que se crearan los controles preventivos. Contrario a lo que se afirma, los controles preventivos no han sumado, sino generado retrocesos en el trabajo policial. Por otra parte, tienen tasas de eficacia de menos de la mitad de los del art. 85 del CPP para generar detenciones. Paradójicamente, se propone que sigan creciendo en desmedro de estos. Contrariando a la evidencia disponible y sin ponderar los negativos efectos que la reforma de 2016 tuvo en la eficacia del trabajo policial, el proyecto pretende aumentar significativamente el alcance de los controles de identidad y las facultades policiales asociadas a su uso. De esto se trata el debate y no de si queremos o no tener controles o estrategias efectivas contra la delincuencia.
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MAURICIO DUCE J. Profesor Derecho UDP-