Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2018-12-16
Tipo:   Suplemento
Página(s):   3
Sección:   Suplemento
Centimetraje:   13x26
El Mercurio - Clasificados Empleos y Capacitacion
NAVIDAD [ BENEFICIOS PARA LOS TRABAJADORES ]
¿Quiénes tienen derecho a recibir aguinaldo?
UNA DE LAS PREGUNTAS QUE MÁS SE HACEN LAS PERSONAS EN ESTAS FECHAS ES SI RECIBIRÁN O NO ALGUNA REMUNERACIÓN EXTRA. UN EXPERTO EN DERECHO LABORAL EXPLICA LO QUE ESTIPULA LA LEY PARA EL SECTOR PRIVADO O PÚBLICO Y LOS PENSIONADOS. •

En Navidad es común que algunas organizaciones entreguen a sus colaboradores un aguinaldo, pero no muchos saben si serán beneficiados con este beneficio.

El abogado experto en derecho laboral Itiel Olivares aclara que para resolver esta duda, es necesario diferenciar por sector. En el caso de los trabajadores del sector privado, solo es obligatorio para el empleador otorgar aguinaldo si así fue pactado en el contrato o convenio colectivo con el sindicato, siendo la forma de pago estipulada previamente.

El experto de Defensa del Trabajo dice que es común que en los contratos no se regule este punto, y no existe una noon concret~t7( fiera a este punto.
"Es opcional para el empleador otorgar el aguinaldo y, en el supuesto de que lo haga, puede ser dinero o en especie, como también en cajas de Navidad, gift cards, entre otras, y por el monto que estime conveniente", señala.

Ahora bien, Olivares comenta que si el empleador ha otorgado anteriormente este beneficio, debe hacerlo.
"El aguinaldo pasaría a ser parte integrante del contrato ha denominado una cláusula

tácita. Las relaciones laborales no solo se rigen por las cláusulas escritas, sino también por aquellas que emanan del acuerdo de voluntades de ambas partes, por lo que si se entregó el aguinaldo al trabajador en ocasiones previas, corresponde hacerlo nuevamente", agrega.

SECTOR PÚBLICO
Para los trabajadores del sector público, elregulado a través de la Ley
21.050. Los trabajadores con remuneración líquida igual o inferior a $752.209 tendrán un aguinaldo de $56.297, y para aquellos con sueldos superiores será de $29.779.

PENSIONADOS
En cuanto al aguinaldo otorgado como beneficio por el Estado a los pensionados del IPS, Olivares señala que es un beneficio que otorga el Gobierno y el monto establecido este año es de $21.693. A esto hay que sumar $12.256 por cada persona que, al 30 de noviembre de 2018, el pensionado tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar asignación familiar debido a un ingreso superior al límite de
"Aquellas personas que reciban asignación familiar a causa de cargas que son beneficiarias de una pensión de sobrevivencia, solo tendrá derecho al aguinaldo en calidad de pensionadas y no recibirán el

incremento por esas cargas, exceptuándose los pensionados de orfandad, que son considerados carentes de renta y si pueden ser carga familiar de otra persona", explica.

Recuadro
RECUERDE
El experto en derecho laboral hace hincapié en que todo trabajador que acceda de forma maliciosa al cobro de este beneficio y a sus incrementos deberá devolver la cantidad percibida en exceso multiplicada por cinco. Lo anterior sin perjuicio de las eventuales sanciones administrativas y penales que le pudiesen corresponder.
Pie de pagina
ROSA MARTÍNEZ -