Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-05-19
Tipo:   Suplemento
Página(s):   1
Sección:   Suplemento
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IMPORTANTE. Los ciudadanos deben informarse respecto a cuáles son los límites de un empleador a la hora de realizar un despido. Diomedia
El Mercurio - Clasificados Empleos y Capacitacion
TENDENCIAS LABORALES (MUNDO VIRTUAL)
¿Se puede despedir a alguien por enviar un WhatsApp inapropiado?
El uso de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral no puede ser ignorado. Un abogado laboral analiza el tema, a partir de las normas y usos actuales.
Durante marzo de 2019 se dio a conocer la condena hecha por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta a la empresa Minera Escondida, por el caso de un trabajador que fue desvinculado luego de amenazar a otro a través de la aplicación móvil de mensajería WhatsApp. La condena señalaba que la minera debía pagar $58.351.443 a la persona despedida.

Tras su desvinculación, el trabajador demandó a la compañía y alegó que no se respetó su derecho a la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada, acción legal que fue acogida por la justicia chilena.

Ante esto, surge la duda de si un empleador puede despedir a alguien por un WhatsApp inapropiado. Ricardo Donoso, abogado laboral del estudio jurídico Defensa del Trabajo, explica que las facultades del empleador están limitadas por el respeto de las garantías constitucionales de los trabajadores, dentro de las cuales se encuentra la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, cuestión que es un derecho inherente no por el hecho de ser trabajador, sino que por el mero hecho de ser persona.

Donoso señala que, en el artículo uno inciso primero de la Constitución Política de la República, se efectúa un reconocimiento expreso de la dignidad humana en relación estrecha con la idea de libertad e igualdad, al señalar que 'las personas nacen libres e iguales en dignidad y en derechos'; por tanto, la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada (incluidas las que se producen por plataformas virtuales) es un derecho.

El experto señala que, en este orden de ideas, la garantía constitucional aplicada en el caso de Minera Escondida pretende proteger cualquier intromisión ilegítima o arbitraria en las comunicaciones privadas de los trabajadores, sin importar el motivo del empleador para realizarla.

'Por situaciones como estas es imperativo que los ciudadanos se informen respecto de cuáles son los límites de un empleador a la hora de despedir, pues se podría estar en presencia de un despido injustificado', destaca el abogado.
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Rosa Martínez -