Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-05-03
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   2-3
Sección:   EXPEDIENTE - ECONOMÍA
Centimetraje:   31x44

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Los ministros del Trabajo y Hacienda, Nicolás Monckeberg y Felipe Larraín, acompañaron ayer al presidente Piñera en presentación del proyecto de ley.
El Diario Financiero
Gobierno se la juega por la flexibilización laboral y abre nuevo flanco con oposición y trabajadores
Pactar jornadas, nuevo esquema para permisos o compensar horas extraordinarias trae propuesta oficial. La CUT se reunirá hoy para estudiar en detalle lo presentado ayer.
Opiniones a favor y otras en contra dejó ayer la presentación del segundo pilar de la agenda de modernización laboral del gobierno de Sebastián Piñera, la cual tiene como ejes centrales la conciliación de trabajo-familia y perfeccionar la Ley de inclusión laboral, en otros temas.

La valoración desde el oficialismo y los expertos contrastó con la visión crítica de la oposición pese a que el mandatario recalcó de que se trata de un proyecto que no precarizará el empleo. Este proyecto de ley lo que busca es fortalecer los derechos de los trabajadores, ampliar sus ámbitos de libertad y permitir una mejor incorporación al mundo del trabajo y una mejor compatibilización de ese mundo con otros tan importantes, como el mundo de la familia, la recreación, la cultura, amigos, dijo Piñera.

Presente en La Moneda, el diputado DC y presidente de la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, Raúl Soto, anticipó una tramitación compleja. El detalle de lo anunciado me deja con bastante preocupación, porque hay una flexibilidad laboral excesiva, más bien parece ser que bajo este nombre se encubren beneficios para los empleadores, acusó.

Su correligionaria, la senadora Carolina Goic, agregó que las medidas anunciadas (ver recuadros) se deben implementar en un marco de protección, que cautele que haya un acuerdo efectivamente y no una imposición al trabajador, porque si no ahí se pierde el sentido.

Más crtícico se mostró el jefe de la bancada socialista, Manuel Monsalve, quien criticó la posibilidad de suspender los contratos de trabajo. Sobre esto señaló que podría ser razonable una suspensión laboral sólo en el supuesto caso que el trabajador quisiera estudiar, pero no en otros casos, como la necesidad de tener que cuidar a un familiar enfermo o cuando la firma atraviese una situación temporalmente compleja.

En el mundo sindical hubo opiniones divididas. La UNT valoró los anuncios y desde la CUT los catalogaron como malo en principio, según se limitó a decir el secretario general de la Central, Nolberto Díaz. Hoy a las 9.30 hrs. se reunirá la mesa directiva de la CUT para analizar las propuestas del gobierno.

Pese a todo, ayer desde el Ejecutivo se mostraron optimistas, y el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, aprovechó de hacer un llamado a realizar un debate sin sesgo ideológico.

Acá, destacó,lo que se crea son oportunidades para que el trabajador mejore su calidad de vida. Hay que sacarnos los prejuicios, acotó. El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, informó que la iniciativa tiene un costo fiscal de $ 1.200 millones al año.

Puntos a aclarar

Expertos en temas laborales valoraron el proyecto, aunque advirtieron la necesidad de mayor claridad en algunos puntos cuando ingrese formalmente al Congreso la iniciativa.

Uno de ellos se refiere a las implicancias de la suspensión de un contrato de trabajo, como dijo director del área laboral de Philippi (PPU), Jaime Salinas. En este marco, advirtió la importancia de ver qué pasa con las remuneraciones, la antigüedad laboral, el devengamiento de días de vacaciones y, muy especialmente, con ciertas obligaciones que debieran igualmente considerarse vigentes no obstante encontrarse suspendida la relación laboral. Aquí citó el deber de no competencia y la obligación de guardar confidencialidad de la información de la empresa.

Al mismo aspecto aludió el socio de Barros & Errázuriz, Juan Cristóbal Iturrate. Y si bien la consideró una buena medida, dijo que deberá regularse la situación del trabajador en esos periodos. Por ejemplo, analizar la posibilidad que pueda hacer hacer uso de los fondos acumulados en el seguro cesantía.

El director de la OIT para el Cono Sur, Fabio Bertranou, evitó entrar en detalles, pero señaló que a nivel general se trató de anuncios muy pertinentes para las discusiones que está teniendo el mundo del trabajo actual, seria interesante que este proyecto tenga un debate amplío y una participación de los actores sociales para que puedan surgir adaptaciones con el mayor consenso posible.

Recuadro
Entran a escena potenciales jornadas de 4 días y contratos con 'pausa'

Empresas que atraviesan situaciones difíciles podrían acordar la suspensión del trabajo para evitar despidos.

Entre los cambios propuestos a la jornada laboral, destacan los siguientes:

- Jornada semanal de 4 días. Se podría trabajar de lunes a jueves, y descansar viernes, sábado y domingo.

- Jornadas semestrales y anuales pactadas: Se acordarán con sindicatos o, si no existe, con la mayoría absoluta de quienes les será aplicable. Por ejemplo, los adultos mayores podrían convenir más trabajo en verano y menos en los meses de invierno.

- Bolsa de horas extraordinarias. La idea es que el límite sea la semana o el mes y no el día como es en la actualidad, que permite un máximo de 12 horas a la semana, pudiendo trabajar únicamente 2 de ellas cada día.

- Compensar con vacaciones: El trabajador podría optar por compensar algunas horas extraordinarias con más vacaciones.

- Anticipar o postergar la recuperación de horas de permiso autorizado. Con el fin de normalizar una práctica común en el uso de permisos para trámites personales (actos y entrevistas en los colegios, consultas médicas y otros) durante la jornada, se ampliará el plazo para compensarlos con goce de remuneración dentro de los 60 días anteriores o posteriores a la fecha en la que se utilizó.

Hoy se hace en la misma semana o, de lo contrario, se descuenta de la remuneración.

- Disminuir el tiempo de colación para adelantar la salida: Si el tiempo de colación supera al mínimo legal de 30 minutos, el trabajador podrá solicitar al empleador su rebaja en el remanente del tiempo mínimo -hasta en una hora al día- para salir antes.

- Adaptar la jornada de trabajo en períodos de vacaciones familiares: Se propone que las partes puedan pactar, durante los períodos de vacaciones familiares, distintas del feriado legal, la prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo a distancia o que se reduzca su jornada laboral diaria.

- Suspensión del contrato de trabajo: Si bien hoy las partes pueden suspender el contrato de trabajo, esto no se encuentra regulado en la ley. Con esta propuesta, serán las partes quienes definirán las condiciones. Así se podrá acordar con el empleador poner 'pausa' a la relación laboral y, por ejemplo, dedicar un tiempo a otros intereses -viaje, estudios, cuidar un enfermo-, sin que esto signifique la pérdida del empleo.

Sobre esto, el texto legal que ingresará al Congreso señala que 'el trabajador tendrá derecho a prestar servicios a otros empleadores' en el periodo de suspensión, y agrega que 'con todo, transcurrido el plazo de suspensión acordado, el trabajador deberá reintegrarse a sus funciones en las mismas condiciones'.

- Cambiar domingos: En el país los días domingos y festivos son de descanso. Sin embargo, el artículo 38 del Código del Trabajo establece ciertas excepciones, como, por ejemplo, el comercio y aquellas empresas que requieren de continuidad en sus procesos. En ambos casos se debe otorgar a los trabajadores, a lo menos, dos domingos de descanso al mes. Se propone establecer 12 domingos de descanso de distribución semestral.

PLATAFORMAS DIGITALES

APP con boleta y el sueldo mínimo como referencia

Si bien la propuesta del gobierno asume que los servicios prestados por personas naturales a través de plataformas digitales de intermediación no dan origen a una relación laboral, sí exige la obligatoriedad de que los prestadores de dichos servicios emitan boletas de honorarios, asegurándose de acceder a protección social. Asimismo, tratándose de plataformas de intermediación digital constituidas en Chile, éstas tendrán que actuar como agentes retenedores.

Lo anterior, en línea con el proyecto de ley recién aprobado por el Congreso Nacional, que establece la incorporación gradual de los trabajadores a honorarios e independientes a los regímenes de protección social, incluida cobertura de salud y pensiones, accidentes del trabajo, pre y post natal y el acceso a sala cuna.

El proyecto también considera un contrato de formalización en el marco de eventos extraordinarios, ocasionales o no permanentes. En la actualidad, gran parte de estas funciones se desarrollan en la informalidad o a través de la presentación de boletas de honorarios pese a no corresponder legalmente. Así, el empleador deberá convocar al trabajador a prestar servicios con una anticipación mínima de 24 horas, quien podrá aceptar o rechazar dicha convocatoria.

En compensación a la mayor flexibilidad de este tipo de contrato, la remuneración se establecerá en base a día trabajado y su pago no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, calculado proporcionalmente a la cantidad de horas efectivamente trabajadas, aumentado en un 20%.

LEY DE INCLUSIÓN

Más multas y se reduce vara ingresar al sector público

Esta reforma considera el perfeccionamiento de la Ley de inclusión, que apunta a facilitar la incorporación de personas con discapacidad al mercado laboral. En este plano, se propone:

- Reconocimiento de estudios a personas con discapacidad. Se establece un proceso de certificación y reconocimiento para fines laborales de los estudios de las personas con discapacidad, eliminando así ciertas barreras de acceso que hoy impiden que estas personas puedan acceder al sector público.

-Mayores multas. Se establece que la multa por el incumplimiento de la ley de inclusión será por cada mes en que el empleador debió cumplir con dicha obligación y no lo hizo.

- Mayor espectro para donaciones. Se establece entre las medidas de cumplimiento alternativo de la ley de inclusión, la posibilidad de efectuar donaciones para el otorgamiento de becas de estudio o capacitaciones realizadas por establecimientos o instituciones reconocidas por el Estado en beneficio exclusivo y directo de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez.

- Situación de empresas contratistas. A través de los cambios propuestos, se aclara que en caso de cumplirse con la ley de inclusión mediante la medida alternativa de contratación a través de empresas contratistas o de servicios transitorios, las personas con discapacidad deberán prestar efectivamente sus servicios para la empresa principal o usuaria, según corresponda.

ACOSO Y TRABAJO INFANTIL

Buenas prácticas y menos horas para trabajo adolescente

En pos de generar nuevas oportunidades y fomentar el respeto en el ámbito laboral, la reforma sugiere:

- Acoso: Que la empresa incluya en su reglamento de buenas prácticas políticas de género y de inclusión laboral, así como la obligación de incorporar mujeres en el comité paritario. A esto se suma la idea de hacer aplicable el procedimiento de investigación y sanción de conductas de acoso sexual, a los casos de acoso laboral.

- Niños: se fortalecen las acciones relacionadas a la erradicación del trabajo infantil y adolescente protegido, aumentando y distinguiendo las multas asociadas.

- Adolescentes: si bien se mantiene el máximo semanal de 30 horas para la jornada laboral de los adolescentes, se reduce la jornada diaria en período escolar de 8 a 6 horas diarias, de manera de ajustarse a la regulación internacional.

- Subsidio para el empleo de la personas privadas de libertad: Se establece que aquellos que hayan cumplido condena por crimen o simple delito, se encuentren cumpliéndola con el beneficio de libertad condicional o con alguna pena sustitutiva, tendrán derecho a un subsidio especial de contratación, por un periodo de hasta tres años.

Sobre esto, el texto legal señala que quedarán excluídos de este beneficio las personas que hayan sido condenadas a presidio perpetuo, y quienes hayan sido condenados por: crímenes de lesa humanidad, violación, conductas terroristas, tráfico ilícito de estupefacientes, entre otros.