Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-01-11
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   B7
Sección:   ECONOMÍA Y NEGOCIOS
Centimetraje:   16x21
El Mercurio
Resolución fue emitida a mediados de diciembre por el Servicio de Impuestos Internos:
SII dicta norma para fiscalizar cumplimiento tributario de fondos de inversión privados
Medida también recae en sociedades administradoras de fondos mutuos, pero su mayor impacto será en los fondos de inversión que hasta hoy no tenían mayor fiscalización.
Poco a poco el mercado ha empezado a digerir una resolución que emitió a mediados de diciembre el Servicio de Impuestos Internos (SII), que establece un modelo de fiscalización del cumplimiento tributario de las sociedades administradoras de Fondos Mutuos, Fondos de Inversión y Fondos de Inversión Privados (FIP).

La normativa fija un procedimiento por el cual las sociedades administradoras de fondos deberán obtener RUT y actualizar la información de cada uno de los fondos que administran, según lo dispuesto en la Ley Única de Fondos (LUF). El mayor impacto de la resolución recaerá en los FIP, que hasta ahora no tenían un perímetro específico de fiscalización. Claudio Bustos, abogado socio de Bustos Tax & Legal, recuerda que 'en el pasado, muchas veces los fondos de inversión, en especial los FIP, se utilizaron como instrumentos abusivos de planificación tributaria.

Toda esta normativa y nuevas regulaciones confirman que la realidad tributaria actual de los fondos de inversión es totalmente distinta'. Si bien las obligaciones ya estaban establecidas en la LUF y en las circulares 67 y 71 del SII, ambas del año 2016, no existía un procedimiento para cumplir con la entrega de información al Servicio. 'Como no existía mecanismo para informar, muchas administradoras de fondos no estaban informando esta situación', dice Rodrigo Benítez, socio de la firma de consultoría tributaria BDO. Los FIP no son contribuyentes de Impuesto de Primera Categoría (a las empresas), por lo que no deben pagarlo, sin perjuicio que están sometidos a todas las obligaciones de registros de RUT y declaraciones tributarias. Quienes pagan impuestos son las sociedades en las que invierten y los partícipes del fondo al retirar ganancias o vender participación.

Este tratamiento tributario cambia en el caso que el FIP tenga menos de 4 aportantes, que por lo menos tengan 10% cada uno de participación en el fondo o cuando la administradora o sus personas relacionadas posean más del 20% de participación en el fondo. En ese caso, el FIP comenzará a pagar impuestos como cualquier Sociedad Anónima, esto es Impuesto de Primera Categoría a la empresa por sus rentas con tasa del 27%, salvo que haya regularizado esta situación en el plazo de 6 meses.

La resolución N° 127 del SII ordena a las administradoras informar situaciones que tienen efecto en el cumplimiento tributario de los fondos. Así, deben informar: el ingreso y salida de los partícipes y los montos aportados por cada uno; la pérdida de diversificación que obliga la ley para mantener la calidad de FIP para efectos de su tratamiento tributario; y en el caso que el fondo pase a tener más de 50 partícipes, pasaría a tratarse como fondo público, quedando bajo el paraguas regulatorio de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Claudio Bustos cree que la resolución del SII 'es un mecanismo de control por parte de la autoridad. El SII quiere saber qué fondos de inversión existen, bajo qué sociedad administradora se mantienen, qué modificaciones experimentan en el tiempo, si cumplen o no los requisitos para ser tratados tributariamente como FIP, o si deben tratarse como sociedad anónima'. Benítez, de BDO, advierte que en caso que se determine que FIP debe tributar, 'el patrimonio del fondo, al estar afectado con impuestos, multas e intereses va a ser menor y eso afectaría directamente a los inversionistas del fondo'. El presidente de la Asociación de Administradoras de Fondos de Inversión (Acafi), Luis Letelier, señaló que el SII señaló que 'es relevante notar que la resolución no ha definido la forma en que las administradoras de fondos deben dar cumplimiento a la obligación de informar las disminuciones de capital de los fondos que administran'.

Recuadro
US$ 23.090 millones es el monto de los activos de recursos públicos que administran fondos de inversión agrupados en Acafi.
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JUAN PABLO PALACIOS-