Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-09-02
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   C2
Sección:   POLÍTICA
Centimetraje:   35x26

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La presidenta de la comisión de Trabajo de la Cámara, Gael Yeomans (FA), convocó para hoy la votación en particular de la propuesta hasta su total despacho. Tal como se aprecia en la fotografía, a la sesión de la tarde también asistirá el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg.
El Mercurio
Iniciativa impulsada por la diputada Camila Vallejo busca reducir las actuales 45 horas de la jornada laboral:
Dipres cifra en hasta US$ 2.400 millones el impacto fiscal del proyecto PC sobre 40 horas
El cálculo está contenido en un informe técnico de la Dirección de Presupuestos al que accedió 'El Mercurio'. En el texto se da cuenta de la 'inconstitucionalidad y costos' de la moción que apunta a modificar el Código del Trabajo.
La Dirección de Presupuestos (Dipres) redactó un informe técnico denominado 'inconstitucionalidad y costos del proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral'. Su impacto lo cifra en un techo de hasta US$ 2.400 millones, respecto de la iniciativa de autoría de la diputada PC Camila Vallejo, impulsada por su bancada y apoyada por parte de la oposición.

En su parte medular, la propuesta busca reducir de 45 a 40 horas semanales la jornada laboral. Inicialmente, el proyecto de Vallejo fue declarado inadmisible por inconstitucionalidad; sin embargo, la decisión adoptada en ese sentido por la mesa a cargo por el entonces presidente de la Cámara, Fidel Espinoza (PS), fue revertida por la Sala de la corporación en una votación realizada en 2017.

Desde esa fecha la moción inició su debate en primer trámite, el cual podría culminar en parte hoy, al ser convocada la comisión de Trabajo de la Cámara para votar en particular el proyecto hasta su total despacho, según lo anticipó su presidenta, Gael Yeomans (FA). De ser así, la iniciativa quedaría a un paso de ser vista en el hemiciclo.

Previo a eso, la Dipres enumeró cinco causales (ver su contenido en los recuadros) de por qué es inconstitucional la propuesta; además, entregó, por primera vez, cifras respecto del costo fiscal de la propuesta. También alerta sobre la incorporación de tres indicaciones, referidas a incluir en las 40 horas el período de colación; además de otras dos que modifican las leyes 20.883 (reajuste) y 21.109 (asistentes de la educación pública).

'Daño colateral'

Es en el punto cinco del documento donde se detalla acerca de la 'recaudación fiscal', advirtiendo que un aspecto que se debe analizar 'es un daño colateral que tendría esta iniciativa. Esto, pues en el sector privado necesariamente el desarrollo de ciertas actividades económicas implicará que los empleadores deban incurrir en mayor gasto para cubrir las horas no trabajadas del personal actual, y si no pueden costearlo, su productividad puede verse disminuida lo que afectará la base de cálculo del Impuesto a la Renta, generando una disminución de la recaudación fiscal'.

Por lo que, en virtud de lo anterior —afirma— 'se afectaría también la administración financiera del Estado. El principal canal por el cual se produce el impacto en recaudación es en el pago del impuesto por parte de las empresas, las cuales, suponiendo que harán un esfuerzo por mantener sus niveles de producción, incurrirían en mayores costos laborales, disminuyendo así su base imponible. De esta manera, suponiendo que el aumento en costos laborales es equivalente a la reducción en la jornada laboral, es decir, 11%, la menor recaudación de impuesto a la renta fluctuaría entre US$ 1.900 y US$ 2.400 millones'.

Sobre la fórmula para llegar a proyectar ese resultado se tuvo a la vista —dice el informe Dipres— una metodología que utiliza 'la renta neta destinada a trabajadores dependientes informada por las empresas en la Operación Renta, publicada anualmente por el Servicio de Impuestos Internos (SII). La información pública del SII contiene datos hasta el año 2017'.

Mientras que en un acápite anexo se hizo mención a las 'sensibilizaciones del cálculo' realizado por la Dirección de Presupuestos; vale decir, que los 'supuestos para el cálculo son que la empresa asuma el costo salarial de la reducción de la jornada laboral para mantener su producción, y que esto se traduzca en un aumento de los costos salariales de 11% (de acuerdo con la proporción de disminución de las horas trabajadas)'.

Recuadro
Tramitación

La propuesta comunista ingresó a tramitación a la Cámara Baja el 5 de abril de 2017.
'Impactos en el Transantiago'

'El texto de la Dipres plantea que el costo proyectado del sistema Transantiago en 2019 es cercano a los 1,25 billones (millones de millones) de pesos. De esa cifra, aproximadamente el 50% corresponde a remuneraciones directas.

Derivado de lo anterior, una reducción horaria a 40 horas, conjuntamente con una obligación de servicio permanente, elevará el costo en unos $68.750 millones, correspondientes al 11% de la mitad de los costos.

Ese costo debiera ser pagado con mayores aportes fiscales vía subsidios o alternativamente vía aumento de tarifas, por encima de las requeridas hoy para mantener el equilibrio económico del sistema. Algo semejante puede ocurrir en las regiones donde el transporte público tiene conductores regidos por el Código del Trabajo'.

Codelco, Enap, Metro y CorreosChile

'En el caso de empresas públicas que no forman parte del gobierno central, debe considerarse que en algunas de ellas es altamente probable que exista un efecto organizacional, aparte del financiero directo, por costo de reemplazo de horas.

Analizaremos el caso de cuatro grandes empresas públicas, a saber: Codelco, Enap, Metro y CorreosChile. La razón del interés en analizarlas es que estas grandes empresas cuentan con sistemas de turnos para afrontar sus faenas, que son de índole permanente, son permanentes (4x4 en Codelco, cuartos turnos, u otro similar) y solo algunas de las tareas podrán ser abordadas con sobretiempos, pero hay otras donde debiera recurrirse a más contrataciones y reformulación de turnos, ante la imposibilidad de que los turnos actuales puedan suplir las horas que se reducen a los trabajadores actuales.

El monto total de remuneraciones deberá ser aumentado para compensar horas extras o nuevas contrataciones para no detener faenas. El sobrecosto de 11% en estos costos laborales es de 137.653 millones de pesos. Este mayor costo debería ser financiado vía un mayor aporte fiscal a las empresas o vía una menor recaudación fiscal de parte de las empresas hacia el fisco. Cualquiera sea la vía, esto corresponderá a mayor gasto fiscal o a menores ingresos fiscales'.

'Personal de la administración pública en el gobierno central regido por el Código del Trabajo'

'La mayoría de los trabajadores del gobierno central se encuentran regidos por el Estatuto Administrativo, alcanzando un universo de cerca de 330.000 empleados. La iniciativa, al tratarse de una modificación al Código del Trabajo, afectaría actualmente a algo más de 14.000 contratos, que es aquel personal que se encuentra sujeto a esa regulación en el gobierno central.

Es importante notar que el cálculo que aquí se entrega por el momento solo incluye al gobierno central, y excluye a aquel personal de gobierno que está fuera del gobierno central. Es decir, se excluye a personal en municipalidades, empresas públicas y universidades, entre otros.

El costo por hora de trabajo de estos contratos es, aproximadamente, de $6.000, con un promedio de 44 horas, por lo que el impacto de reducir la jornada es de $96.000 por persona al mes, o de 16.428 millones de pesos al año, esto es MMUS$ 23.5.

Lo anterior se debe a que los servicios locales de educación están en plena implementación, y en estos servicios hay una cantidad importante de personal cuyos contratos son del tipo Código del Trabajo, a los que las mociones presentadas les disminuyen a 40 las horas máximas trabajadas.

De esta forma, este monto sube a $115.620 millones al año incorporando una estimación del personal en régimen de los servicios locales de educación afectos al código (bajo el supuesto de que se mantiene la proporción actual de 45,2% de los contratos bajo esta modalidad y la misma remuneración actual por hora)'.

'Afectación de emolumentos del sector público y privado'

'El Artículo 65 N° 4 de la Constitución dispone que corresponde al Presidente la iniciativa exclusiva para fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquier otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios de montepío, en su caso, de la administración pública y demás organismos y entidades anteriormente señalados, como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos; todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en los números siguientes.

La moción implica directamente un aumento de remuneraciones al personal de la administración pública al disminuir una hora de jornada, pues en el régimen de transitoriedad dispone expresamente que esta nueva regulación no puede significar disminución de sueldo. Por lo tanto, los trabajadores seguirían percibiendo el mismo sueldo, por menos horas. A esto se debe agregar una propuesta de Indicación recientemente presentada, que imputa el espacio de colación dentro de la jornada de trabajo.

Respecto del sector privado, y bajo la misma premisa, ambas propuestas parlamentarias aumentan obligatoriamente las remuneraciones y afectan la base de la remuneración por el tiempo trabajado, por lo que también se vulnera la iniciativa exclusiva'.
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RIENZI FRANCO -