Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-04-12
Tipo:   Suplemento
Página(s):   6
Sección:   Suplemento
Centimetraje:   17x27
La Tercera - Mes de la Seguridad Laboral
Seguridad y bienestar
El rol de los comités paritarios
El trabajo en equipo facilita la comunicación entre trabajadores y empleador, favoreciendo un escenario laboral con mejores medidas de prevención, higiene y seguridad. Estas unidades técnicas velan por ello, asegurándose del cumplimiento de todo lo que contribuya a disminuir los riesgos.
Según la Dirección del Trabajo, los comités paritarios tienen la misión de asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los diversos instrumentos para su protección. Como unidades técnicas, vigilan el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad; investigan las causas de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales y, además, definen si estos se debieron a una negligencia inexcusable del trabajador.

Igualmente, estas instancias se preocupan de la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales; y de cumplir con las demás funciones que le encomienden mutuales de seguridad o servicios de salud. Por último, promueven la realización de cursos destinados a la capacitación de los trabajadores. En definitiva, tal como explica Sergio López, académico de la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y especialista en gestión de personas, ayudan a aprovechar las mejores ideas y prácticas de prevención de accidentes.

En este sentido, el profesor de la Usach, explica que los comités paritarios contribuyen a la disminución de días perdidos por accidentes laborales y la creación de una cultura preventiva en todos los estamentos de la empresa. "Refuerzan la comunicación entre trabajadores y empleador, logrando un trabajo más efectivo y coordinado", enfatiza.

Constitución del comité

Por disposición legal, toda empresa o faena con más de 25 personas debe constituir un comité paritario de higiene y seguridad, que busca constantemente mejorar las condiciones de seguridad y bienestar laboral. El abogado de defensadeltrabajo.cl, Ricardo Donoso, explica que su constitución es sencilla y consta de tres etapas:

1. Escoger a los integrantes: la norma vigente establece que el comité tiene que estar conformado por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores, además de sus respectivos suplentes, quienes estarán en el cargo durante dos años pudiendo optar a la reelección. Los representantes de la empresa, tanto titulares como sustitutos, son designados por la misma organización. En el caso de los trabajadores, los interesados en ser parte del comité deberán participar en un proceso de votación secreto y directo. Los candidatos deben cumplir con los siguientes requisitos: i) Tener más de 18 años, ii) Saber leer y escribir y, iii) Tener al menos un año de antigüedad en su trabajo

2. Formalizar la constitución: una vez que se definen los representantes, se debe levantar un acta de elección de representantes de trabajadores y un acta de constitución de comité paritario de higiene y seguridad. Ambos documentos tienen que ser entregados a la Inspección del Trabajo vía carta certificada, o pueden ser digitalizados y enviados vía web. Además, la constitución del comité debe ser comunicada oportunamente a los trabajadores por medio de circulares internas u otros medios de comunicación efectiva.

3. Definir juntas y reuniones: las reuniones del comité paritario deben realizarse de forma ordinaria una vez al mes. No obstante, también es posible hacer juntas extraordinarias, que pueden ser convocadas en conjunto por representantes de la empresa y los trabajadores o si ocurre una emergencia, como un accidente de trabajo que afecte a varios colaboradores.
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Por: Fabiola Romo-