Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-12-22
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   C10
Sección:   Nacional
Centimetraje:   43x28
El Mercurio
Selección de profesores de distintas facultades de Derecho:
Los 10 fallos de las cortes Suprema, de Apelaciones y el TC que marcaron este 2019
Entre las sentencias destacadas está aquella que 'empoderó' al querellante en las investigaciones penales que dirige la fiscalía. Se abrió la puerta para que pueda forzar la acusación. Un comentario más extenso de estas resoluciones judiciales —y otras— pueden revisarse en la revista El Mercurio Legal, que estará disponible el próximo lunes.
1.- Nuevas tensiones entre la Corte Suprema y el TC

La jurisprudencia de la Corte Suprema hace unos cuatro años —comentan algunos de los académicos— establece que si bien el estatuto administrativo no regula explícitamente la aplicación de los juicios de tutela laboral a los empleados públicos, estos les son aplicables de forma supletoria.

El TC en 2018, sin embargo, dijo lo contrario al declarar inaplicables dos preceptos: el 1 y 485 del Código del Trabajo en un caso particular, el de una funcionaria de la Municipalidad de San Miguel.

Y, en octubre de este año, los supremos de la Tercera Sala, aunque rechazaron un recurso de protección sobre esta materia, hicieron una advertencia: que era posible que los jueces —particularmente ellos— revisaran las sentencias del TC, vía acciones constitucionales, y determinaran que parte de estas aplicarían a la hora de resolver. La respuesta llegó de los jueces del Tribunal Constitucional mediante un comunicado público. Había evidente molestia, porque contra sus fallos dijeron no cabía recurso alguno.

'Estamos ante un enfrentamiento entre una visión activista de la judicatura y una perspectiva más conservadora respecto de la aplicación del ordenamiento jurídico, y que se expresa en una disputa que no está totalmente cerrada', dice el profesor de la UC de Valparaíso Eduardo Cordero.

Coincide en destacar este fallo el profesor de la U. de Chile, Héctor Humeres, quien además dice que hay visiones encontradas al interior de la misma Suprema, aludiendo a la Sala Laboral y la Constitucional, a la que corresponde esta resolución que cree generó una 'pugna jurídica relevante y no sencilla de solucionar'.

El viernes recién pasado se conoció el fallo que zanjó el asunto de fondo, pero no alcanzó a ser incluido en la revista de El Mercurio Legal. En él, la Suprema mantuvo su criterio, pero bajo argumentos que algunos académicos calificaron de 'originales'.

2.- El caso de los empleos a contrata y la planta paralela

Esta sentencia resuelve 'quizá uno de los casos más importantes de lo que va del año', dice el profesor de la U. de Chile Luis Cordero.

En ella, la Corte Suprema sostiene que si una persona ha trabajado para el Estado en un empleo a contrata por más de 10 años, 'resulta contrario a la razón sostener que se trata de una función ‘transitoria' (...). Sobre la base de este argumento sostuvo que poner término a su empleo era ilegal y ordenó la renovación de este'.

'Por esta vía —agrega—, la Corte conforma una planta paralela, estableciendo un plazo que podría ser considerado arbitrario, trasladando el problema al Congreso y al Ejecutivo'.

3.- Normas de filiación en parejas del mismo sexo

La profesora de la U. de Chile Fabiola Lathrop seleccionó un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago de octubre que, dice, 'pone en evidencia la necesidad de revisar las normas sobre filiación en contextos de familias compuestas por parejas del mismo sexo'.

En él se acoge —en votación dividida— el recurso de protección presentado por dos mujeres convivientes civiles contra el Registro Civil, ordenando rectificar la inscripción de sus dos hijos nacidos mediante una inseminación artificial practicada en una de ellas, de manera de incluir los apellidos de ambas.

No se accedió a la doble inscripción de maternidad solicitada por las convivientes civiles, sino 'solo a la inclusión de sus dos apellidos', pero la decisión —dice la académica— llama a una revisión de las normas de filiación para asegurar a los niños que son hijos de parejas del mismo sexo 'el disfrute de beneficios, como bonos de escolaridad, nacimiento, orfandad', entre otros.

4.- Responsabilidad por falta de servicio del Estado

Entre los fallos seleccionados este año por el profesor de la U. de los Andes Hernán Corral está el caso 'Gutiérrez Palma Rosa y otros con fisco de Chile'.

La sentencia dispuso el pago de una indemnización de $160 millones a la madre y hermanos de una adolescente de 17 años que en 2008 se suicidó en el Centro de Internación Provisoria y Régimen Cerrado Lihuén, del Servicio Nacional de Menores (Sename), ubicado en la ciudad de Limache.

Lo destaca, afirma Corral, porque en esta resolución se fija un criterio relevante: 'Se establece que no puede disminuirse la responsabilidad por falta de servicio por culpa de la víctima, cuando una menor se ha quitado la vida mientras se encontraba internada en un centro del Sename'.

5.- Querellante puede forzar acusación sin formalización

En noviembre el TC declaró inaplicables los artículos 248, letra c, y 259, inciso final, del Código Procesal Penal, que impiden al querellante forzar la acusación cuando no existe una formalización previa de la investigación por parte de la fiscalía.

Destaca la sentencia el profesor de la UC Alex van Weezel, quien plantea que el TC ve que estas normas afectan el derecho del ofendido y aunque 'el asunto es muy discutible, pues (...) se abre un espacio amplio para acusaciones meramente instrumentales, también es posible que la fiscalía no haga bien su trabajo y que eso deje en completa indefensión al querellante'.

También releva el fallo la académica de la misma casa de estudios María Elena Santibáñez, quien señala que el TC 'reconoce el derecho de la víctima a forzar la acusación', en cuanto 'el exigir formalización previa para permitir el forzamiento de la acusación estaría vulnerando su derecho constitucional'.

6.- La cláusula de terminación anticipada de contrato

Casi finalizaba mayo cuando la Corte Suprema dictó un fallo que llamó la atención de la profesora de la U. Alberto Hurtado Lilian San Martín. Era la discusión por la cláusula de terminación anticipada en un contrato suscrito por las empresas Anglo American Sur S.A. e Ingeniería y Movimientos de Tierra Tranex Limitada. 'En síntesis —dice la académica—, el fallo aplica la buena fe en dos vertientes: como fuente de integración' y, agrega, 'como fuente de la llamada teoría de los actos propios, que impide contradecir la conducta anteriormente sostenida cuando esta tiene la virtud de generar en la contraria expectativas razonables relativas a la mantención de un determinado orden de cosas'.

7.- Doble condena, una absolución

Una persona había sido condenada a dos penas de tres años y un día de presidio por tráfico ilícito de drogas y de robo con intimidación. La Corte Suprema en octubre anuló una de ellas por haberse declarado por sentencia firme tiempo después que testimonios y documentos usados en su contra eran falsos.

El profesor de la UDP Mauricio Duce afirma que el fallo es relevante porque es 'un tipo de decisión que, hasta donde conozco, solo se produjo por primera vez en nuestro país en 2018'.

A la fecha, dice, solo eran acogidos recursos de revisión en casos donde 'se descubriera un hecho o apareciere un documento desconocido que fuere de tal naturaleza que bastare para establecer inocencia del condenado'. También lo destaca porque se da una solución no binaria, como suele ocurrir, sino intermedia, abriendo 'expectativas de nuevos debates en un recurso cuya interpretación ha sido enormemente restrictiva'.

8.- Cuando prima la realidad en las relaciones de trabajo

A comienzos de año, la Corte Suprema dictó un fallo que el profesor de la U. de La Frontera Rodrigo Pessoa seleccionó. Es el de un funcionario de la Municipalidad de Maipú contratado a honorarios. 'Acierta —afirma— el máximo tribunal en analizar el contrato realidad, que no tiene la característica específica y particular que expresa la Ley N° 18.883 (que aprueba el estatuto administrativo para funcionarios municipales) en su artículo 4°, y que tampoco se desarrolla en las condiciones de temporalidad que indica, siendo, por lo tanto, aplicable el Código del Trabajo si los servicios se han prestado bajo los supuestos fácticos que permiten el reconocimiento de la subordinación jurídica'.

9.- La dificultad de la herencia de un hijo reconocido espontáneamente

Con origen en un recurso de protección, la profesora de la U. de los Andes María Sara Rodríguez destaca una sentencia que resuelve contra la negativa del Registro Civil de conceder la posesión efectiva de la herencia de la madre del peticionario por ser hijo reconocido de manera espontánea o presunta antes de 1952, sin que esta filiación fuera posteriormente formalizada. Y cuando cambió la Ley de Filiación, estos hijos no fueron incluidos.

El Registro Civil sigue rechazando estas peticiones, las cortes de apelaciones tienen un criterio cambiante. La Suprema 'ha ido reconociendo a estos hijos los mismos derechos que hoy la ley reconoce a todos los hijos', pero el riesgo, dice, es que 'los tribunales no están llamados a legislar'.

10.- Norín Catrimán y otros versus Chile

Era abril cuando el Pleno de la Corte Suprema resolvió dejar sin efecto tres sentencias condenatorias contra siete comuneros mapuches y una activista, dictadas entre 2003 y 2004, bajo la denominada 'Ley Antiterrorista', recuerda el profesor de la PUCV Eduardo Cordero. Cinco años antes, en 2014, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizó al Estado chileno de violar —entre otros— los principios de legalidad, igualdad y no discriminación. Todo ello en el caso 'Norín Catrimán y otros'.

'Este tema —destaca— abrió una discusión jurídica importante, pues era la primera vez que la Corte Suprema debía analizar la anulación de una sentencia dictada por los tribunales nacionales en cumplimiento de una sentencia de la CIDH. Sin embargo, el Pleno decidió dejar sin efecto las condenas y no anularlas (...), ya que habían perdido los efectos que les son propios'.

Recuadro
Profesores que participaron en selección de sentencias

Mauricio Duce, profesor de Derecho UDP; Eduardo Cordero, profesor de Derecho PUCV; Luis Cordero, profesor de Derecho U. de Chile; Hernán Corral, profesor de Derecho U. de los Andes; Héctor Humeres, profesor de Derecho U. de Chile; Fabiola Lathrop, profesora de Derecho U. de Chile; Rodrigo Pessoa, profesor de Derecho UFRO; María Sara Rodríguez, profesora de Derecho U. de los Andes; María Elena Santibáñez, profesora de Derecho UC; Lilian San Martín, profesora de Derecho UAH; Alex van Weezel, profesor de Derecho UC.
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ANDREA CHAPARRO -