Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-12-27
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   A2
Sección:   Opinión - Cartas
Centimetraje:   20x18
El Mercurio
Paridad
'…¿no es peor alterar la voluntad del elector respecto de sus ideas políticas a cambiar solamente a la persona encomendada para cumplir con las propuestas por las que votó?...'.
En este espacio, Jorge Correa se refirió a la fórmula de asignación paritaria de escaños para la elección de la Convención Constituyente, diseñada por un grupo de destacadas politólogas, aprobada por la Cámara de Diputados y por ser discutida en el Senado. Correa polemiza con un grupo de abogadas que ha defendido esta iniciativa, algunas de las cuales suscriben este texto.

Correa no comprende el sentido de la paridad y por eso se equivoca. Conceptualmente la idea de la paridad difiere de la cuota. La antigua terminología de 'discriminación positiva' que utiliza Correa se refiere a las cuotas o acciones afirmativas, que son herramientas que aceleran la incorporación de grupos históricamente discriminados a espacios donde, no obstante los méritos personales de sus integrantes, la exclusión permanece por barreras estructurales. Se aplican típicamente en espacios educativos (ej. carreras científicas), de toma de decisiones (parlamentos, directorios, sindicatos) y laborales (concursos, licitaciones). El supuesto detrás de las cuotas es que una masa crítica estable (al menos un 30%) de personas pertenecientes a grupos discriminados puede, en el tiempo, propiciar que esos espacios se transformen en inclusivos. En ese caso las cuotas dejarían de ser necesarias.

La paridad no persigue un beneficio temporal a un grupo en particular para el logro de un objetivo específico. Tiene el fin más ambicioso de construir una democracia verdaderamente inclusiva, en que toda la experiencia humana —no solo la masculina— esté adecuadamente representada. Las mujeres somos la mitad del pueblo y los espacios de representación deben ser reflejo de esa composición, evitando dar ventajas a ningún grupo y permitiendo en su interior todo el resto de la diversidad. A diferencia de lo que afirma Correa al calificar la paridad de egoísta, la asignación paritaria de escaños hará más probable que personas (mujeres) migrantes, trans o con habilidades diferentes, puedan acceder a la Convención Constituyente.

Correa critica la paridad porque haría posible que una persona que saca más votos dentro de una lista sea desplazada por otra solo en razón de su sexo, lo que califica como una distorsión de la voluntad de los electores. Correa reconoce que todos los sistemas electorales distorsionan la voluntad de los electores, pero solo las otras distorsiones le parecen legítimas. La primera distorsión legítima sería geográfica. En áreas alejadas de pocos habitantes la suma de los votos no sería suficiente para escoger un representante. Para evitar que zonas completas queden sin representación, se corrige el sistema electoral para que sí la tengan, produciendo, en los hechos, que el voto de esos habitantes valga más que el de los que viven en zonas muy pobladas.

La segunda distorsión se produce por aplicar la cifra repartidora. Para asegurar pluralismo en las ideas políticas representadas en el Congreso (o en la Convención Constitucional), se suman los votos que obtiene cada lista y después se adjudican los escaños en proporción a ellos. Ese mecanismo, sin embargo, puede provocar que salga electa una persona a pesar de que alguien de la lista competidora haya sacado individualmente más votos. La persona que sacó más votos queda descalificada en razón de sus ideas políticas. El uso de cifra repartidora es legítimo, porque se entiende que es mejor para la democracia que se priorice la representación de las ideas de la lista que honrar la voluntad de votar por una persona en particular.

Correa justifica estas distorsiones, pero no la que se produce por la paridad. Su explicación es que la paridad produciría distorsiones en quienes se eligen dentro de cada lista, mientras que los otros mecanismos solo distorsionarían cuántos se eligen de cada lista. Nos parece que su razonamiento debiera llevarlo a la conclusión contraria. ¿No es peor alterar la voluntad del elector respecto de sus ideas políticas a cambiar solamente a la persona encomendada para cumplir con las propuestas por las que votó? Además, distorsionar cuántos se eligen implica necesariamente determinar quiénes salen elegidos. Por ejemplo, si no fuera por la cifra repartidora que determinó, en 2017, cuántos de la lista C (Por la reactivación del Colegio) debían salir elegidos, Jorge Correa no habría sido consejero del Colegio de Abogados (lo que hubiera sido una pérdida para el Colegio, por cierto).

La aplicación de paridad en la elección del Colegio de Abogados resultó en que dos mujeres más votadas debieron ceder cupos a hombres. Correa concluye que la paridad terminó discriminando a las mujeres. Nosotras celebramos el resultado como un gran triunfo. Nuestra meta no es tener privilegios por sobre los hombres. Esta no es una guerra de sexos. La paridad ofrece la oportunidad histórica para que mujeres y hombres podamos aportar, en condiciones efectivamente igualitarias, nuestros talentos para la construcción del país justo que anhelamos.

Recuadro
VERÓNICA UNDURRAGA; YANIRA ZÚÑIGA;

LIBERTAD TRIVIÑO; MACARENA SÁEZ;

MÓNICA VAN DER SCHRAFT; PAULA VIAL;

PAULINA VODANOVIC; PAULINA VELOSO Abogadas (Esta columna la suscriben 38 abogadas)