Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2020-09-25
Tipo:   Suplemento
Página(s):   7
Sección:   Suplemento
Centimetraje:   12x24

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La Cámara de Diputados ayer aprobó el proyecto.
La Tercera - Pulso
Cámara aprueba proyecto que suspende cobro de créditos
El proyecto ahora deberá ser visto por el Senado.
—Por una amplia mayoría este jueves la Cámara de Diputados aprobó el proyecta de ley que suspende el cobro de cuotas de créditos de diverso tipo en razón de la emergencia sanitaria, mientras dure el estado de excepción constitucional de catástrofe. De esta manera, las mociones refundidas ahora fueron remitidas a] Senado para su segunda trámite constitucional.
En concreto, la votación resultó con 109 votos a favor, 6 en contra y 24 abstenciones. La norma va dirigida a personas naturales y pymes, a las que se les entrega el derecho a solicitar la suspensión del pago de seis cuotas de créditos de cualquier naturaleza, suscritos con instituciones con acceso a la facilidad de liquidez del Banco Central y por el monto otorgado por este.

En la sesión, los parlamentarios aprobaron el segundo informe de la Comisión de Economía, que rechazó la indicación sustitutiva planteada por el gobierno que pretendía acotar este beneficio de suspensión solo a las cuotas de créditos hipotecarios. Asimismo, la sala votó en contra una indicación de la Comisión de Hacienda, que eliminaba la posibilidad de acogerse a este beneficio a las personas que hayan contraído créditos de financiamiento para cursar estudios en educación superior administrados por la Corporación de Fomento a la Producción. Sobre este punto, la diputada Sofía Cid (RN) pidió reserva de constitucionalidad, por corresponder esta materia, a su juicio, a una atribución exclusiva del Ejecutivo.

Para solicitar suspender el pago por seis meses, la operación de crédito no podrá encontrarse en mora con anterioridad al 18 de octubre de 2019.

Asimismo, se establece que las cuotas pactadas deberán ser pagadas al final de la deuda, en el misma número de cuotas, reajustadas ala tasa de interés anteriormente pactada en el crédito. El texto señala que no podrá realizarse ningún cobro por mora, multa u otro tipo de cargo adicional.