Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2024-11-21
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   B10
Sección:   Economía y Negocios
Centimetraje:   23x27

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Las fintech tienen hasta febrero de 2025 para inscribirse en la CMF. El proceso consta de dos etapas, que suman plazos de hasta siete meses. Aton
El Mercurio
Tienen hasta febrero del próximo año para enlistarse con el supervisor financiero:
La incertidumbre que ha dominado la inscripción de las fintech en la CMF
La consulta de una modificación a la norma en medio del proceso y la tardanza del regulador para guiar los trámites de registro de las fintech aparecen como las mayores complejidades.
Bajo la Ley Fintech, las startups financieras tienen hasta febrero de 2025 para inscribirse en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Sin embargo, los abogados que han asesorado a estas firmas en este proceso dan cuenta de un escenario de incertidumbre a raíz de los cambios regulatorios. Incluso, en opinión de algunos, el regulador ha tardado en resolver dudas.
Cristián Reyes, socio de Aninat Abogados, indica que el proceso “enfrenta varios problemas al mismo tiempo”. Uno central: la CMF publicó, en consulta, una modificación a la norma que regula la inscripción de las fintech, dice. “Eso hace que haya cierta incertidumbre respecto a cuál es la regulación aplicable. Entonces, en vez de incentivar que más empresas ingresen al sistema de la Ley Fintec, hay muchas que se están demorando”, indica Reyes.
La CMF publicó en enero de este año la Norma de Carácter General (NCG) 502, que regula el tipo de prestadores financieros que deben inscribirse ante el regulador bajo la Ley Fintech. Sin embargo, en octubre la entidad puso en consulta un ajuste a esta misma normativa. Según indicó la CMF, en ese momento, “se estimó pertinente efectuar un conjunto acotado de modificaciones con el objeto de facilitar la presentación de las solicitudes, considerando que muchas de ellas deben realizarse antes del 3 de febrero de 2025”.
La incertidumbre
Sin embargo, los abogados afirman que el cambio ha generado más incerteza en el sector, ya que varios de sus asesorados no saben si la ley se aplicará a ellos.
Matías Langevin, abogado head de Fintech de HD Group, indica que “hay temas en donde faltan certezas regulatorias, más aún si un par de meses antes de que venza el plazo de registro y autorización se propone una modificación de la norma central que regula la materia”.
Al factoring le ha afectado particularmente esta potencial modificación. Originalmente debían inscribirse las empresas que cedían más de un 20% de sus facturas a los inversionistas. “Ahora, con la propuesta de modificación se incluye un párrafo que podría llegar a exceptuarlo (…). Entonces, en esa industria hay incertidumbre”, dice Luz María Waidele, socia de Finlaw.
También hay casos en que las empresas dependen de que la CMF interprete la norma. Juan Antonio Parodi, socio de Cariola Díez Pérez-Cotapos, afirma que existen empresas consolidadas en la industria que antes de la Ley Fintech ya desarrollaban algunas actividades que ahora quedan sujetas a obligación de registro con la CMF. “La incertidumbre para esas empresas es si podrán continuar ofreciendo sus servicios en la forma en que venían haciéndolo o si deberán separar operaciones o eliminar servicios. Dependiendo de cuál sea la interpretación que la CMF adopte sobre el giro exclusivo y las actividades inherentes que las prestadoras de servicios fintech pueden realizar, podría ocurrir que algunas de esas empresas deban reestructurarse en el breve período que resta antes de que la norma entre en vigencia, con los costos adicionales que ello supone”, dice.
Tardanza
El proceso de registro en la CMF consta de dos etapas, una en donde la fintech se inscribe en la CMF y la otra en donde entrega antecedentes que muestren que cumplen con los requisitos de la ley. Durante la primera etapa, el regulador tiene 30 días para responder, mientras que en la segunda tiene hasta seis meses, según Reyes.
Sin embargo, el abogado afirma que “el feedback de la CMF ha sido lento” y que se ha tardado más de los plazos establecidos para responder.
Waidele también indica que la CMF se ha excedido en los plazos en algunas ocasiones, pero afirma que ha sido en favor de las fintech. “En algunos casos se ha dado un plazo mayor, pero ha sido con miras a favorecer a la industria, porque no han estado claros o no han estado de acuerdo con algunos de los antecedentes proporcionados por esa fintechs, y en vez de darle un cierre a la solicitud, conversan para ver cómo se puede subsanar y seguir adelante con el proceso”, señala.
Consultados por “El Mercurio”, desde la CMF respondieron que “el Centro de Innovación Financiera está constantemente recibiendo a las entidades que tienen consultas relacionadas con la aplicabilidad de la Ley Fintech y, en particular, la NCG 502. Muchas de estas consultas son generales y otras requieren de más de una reunión para ser resueltas, lo que forma parte de un proceso de acompañamiento del mismo Centro de Innovación Financiera. Paralelamente, la Dirección General Jurídica (DGJ) se encarga de liderar la respuesta a las consultas formales que se reciben”.
MODIFICACIÓN
En octubre, la CMF publicó en consulta un cambio a la norma, que aún no se publica.

Recuadro

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>>(La modificación) hace que haya cierta incertidumbre respecto a cuál es la regulación aplicable (...). Hay muchas (fintech) que se están demorando”.
Cristián Reyes, SOCIO DE ANINAT ABOGADOS
En algunos casos (la CMF) se ha dado un plazo mayor, pero ha sido con miras a favorecer a la industria”.
Luz María Waidele, SOCIA DE FINLAW
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