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Pais: Chile
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Región: Metropolitana de Santiago
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Fecha: 2025-12-27
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Tipo: Prensa Escrita
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Página(s): B1-B2
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Sección: - Portada
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Centimetraje: 34x37
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Pie de Imagen
El Gobierno ha propuesto aplazar para el año 2027 la actualización del avalúo de propiedades habitacionales.
La expansión económica de Chile en los últimos 60 años. B 4
CONFLICTIVIDAD POR EL PAGO DEL TRIBUTO HA IDO EN AUMENTO:
Las disputas judiciales que se abrieron tras cuestionamientos a los cobros del SII por contribuciones
Parte de las contiendas se está tramitando en el Tribunal Constitucional y en la justicia tributaria. Los reclamos apuntan a la constitucionalidad de la norma y sus exenciones, y la discrecionalidad del avalúo.
En los últimos años el debate por el cálculo y el cobro de las contribuciones que realiza el Servicio de Impuestos Internos (SII) se ha intensificado. Uno de los episodios de mayor discusión de este controvertido tributo fue durante el segundo proceso constitucional, cuando se planteó la eliminación del pago del impuesto territorial a la primera vivienda. Ese texto no fue aprobado y durante la reciente campaña electoral el ahora Presidente electo, José Antonio Kast, insistió en la implementación de esa idea en su próximo gobierno. Por el lado judicial, varios contribuyentes han reclamado por los montos y la procedencia del pago del tributo. Ello se ha reflejado en un aumento de la conflictividad contra el fisco. El resultado de las sentencias ha sido variado y se espera que la Corte Suprema fije jurisprudencia para sentar precedentes hacia casos similares en el futuro.
Los pleitos en tramitación
El Tribunal Constitucional (TC) se ha transformado en uno de los epicentros de las disputas que se han abierto por el cuestionamiento a las contribuciones. Un primer caso que se ventila es una contienda que enfrenta al SII con la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo. La institución de salud reclama por ser supuestamente contrario a la Constitución el artículo 1, letra B, de la Ley sobre Impuesto Territorial, que señala: 'Establécese un impuesto a los bienes raíces, que se aplicará sobre el avalúo de ellos, determinado de conformidad con las disposiciones de la presente ley'. A juicio del equipo jurídico del hospital, la disposición legal contraviene normas constitucionales y los principios tributarios que de la carta fundamental se desprenden. Es decir, la igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición de las demás cargas públicas. Esa disposición también menciona que en ningún caso la ley podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos. El pleito surgió luego que Impuestos Internos no accediera a dejar exenta del pago del impuesto a la entidad de salud. El hospital argumentó en sede administrativa que en los hechos es un 'servicio público' y que la destinación de beneficencia está establecida en sus estatutos. También alega que no produce rentas, ya que no persigue fines de lucro.
El TC hace unos días declaró admisible el reclamo y en los próximos meses se revisará el fondo. Los antecedentes del caso hoy son reservados. Otra causa que también se revisó en esa instancia es la que enfrentó a Impuestos Internos con Inmobiliaria Los Milagros por la inconstitucionalidad de la norma que permite la modificación de las tasaciones de las propiedades, a partir del uso del suelo. Estos artículos de la ley de impuesto territorial facultan al SII para modificar el avalúo de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas, en razón de la destinación del predio, que importe un cambio de la serie en que hubiere sido incluido. De acuerdo a la reseña del SII en su respuesta ante el TC, la inmobiliaria pidió la revisión de la modificación del destino del bien raíz, en atención a que en los hechos el terreno a la fecha sigue siendo 'agrícola', por lo que no procede la retasación del suelo y menos un cobro retroactivo del impuesto. Señaló además que la superficie bruta del terreno en cuestión es de 30.202,84 metros cuadrados y no de 30.800, y cuenta con una superficie afecta a 'utilidad pública' de 2.223,34 m2. Esos argumentos fueron desoídos por el SII y la disputa escaló al Tribunal Tributario y Aduanero (TTA) de Valparaíso y luego al TC. Hace unos días, la magistratura constitucional declaró inadmisible el reclamo y devolvió el caso al Tribunal Especial de Alzada de Valparaíso. También en materia de reavalúo está pendiente la apelación que anunció el SII a un fallo de primera instancia, que acogió un requerimiento presentado por forestal Mininco en contra del Servicio, en el que se declaró la nulidad de la determinación de los avalúos fiscales respecto de bienes de propiedad de la empresa ubicados en la comuna de Aysén.
¿Problemas en la ley?
A partir de los casos expuestos, Álvaro Moraga, abogado tributario socio de Moraga & Cía., apunta a problemas en la constitucionalidad de las contribuciones. El anterior director del SII, Javier Etcheberry 'señaló que había dispuesto terminar con el factor comercial en Santiago Centro, lo que significaría una reducción de hasta el 50% en la cuota de contribuciones. De esta forma, dejó en evidencia que el impuesto puede rebajarse (y también aumentarse) por la sola discrecionalidad administrativa, lo cual es abiertamente inconstitucional', advierte. En cambio, Vicente Furnaro, socio de Tax Defense, ve problemas en la parte administrativa. 'Se trata de condiciones dinámicas, que no pueden entonces quedar sujetas a lo que disponga la ley y que necesariamente deben quedar en manos de la autoridad fiscalizadora. Es ese procedimiento el que requiere mayor transparencia, simpleza y control', plantea. Rodrigo Benítez, socio de SW Chile, explica que si bien la norma de impuesto territorial 'puede ser calificada de una mala ley o perfectible, no es posible declararla inconstitucional, considerando que la actual Constitución la validó como tal, al igual que toda la legislación existente al momento de su entrada en vigencia'.
Recuadro
¿SIN SEGUNDA INSTANCIA? Denuncian problemas de disponibilidad de salas
Al debate sobre el pago del impuesto territorial se han sumado denuncias por problemas en la disponibilidad de una segunda instancia jurisdiccional para la revisión de reclamos contra el Servicio de Impuestos Internos. En una carta enviada a este medio, el abogado Eugenio Benítez advirtió que actualmente algunas cortes de apelaciones han interpretado que tenían competencia para conocer casos de contribuciones, pero varias otras consideran que son los Tribunales Especiales de Alzada (TEA) de bienes raíces los que la tienen. En el caso de los TEA, la mayoría no están constituidos por falta de miembros. La Ley N° 21.713 (de cumplimiento tributario) ordenó su derogación.
CINTHIA MARTÍNEZ:
Del sueño de ser jueza a la aventura de dirigir su propia mina de oro B 6
¿RETORNO A ESE MERCADO?:
Argentina autoriza a Latam a realizar vuelos dentro de ese país B 9
HOTEL, VUELOS Y CRUCEROS:
El amplio negocio que armaron los Pivcevic en el sur del mundo
CON LA LLEGADA DE JOSÉ ANTONIO KAST
Estudiosos de la historia económica analizan las seis décadas recientes: ¿Empezará ahora un nuevo ciclo? B 5
20 AÑOS DESPUÉS DE OTROS CASOS:
La AFP de origen sindical que alista su inscripción, con una propuesta alternativa en modelo de negocios
Fundadores ya se reunieron con autoridad para avanzar en solicitud. b 2
Nex Prensa Escrita
CONFLICTIVIDAD POR EL PAGO DEL TRIBUTO HA IDO EN AUMENTO:
Las disputas judiciales que se abrieron tras cuestionamientos a los cobros del SII por contribuciones
Parte de las contiendas se está tramitando en el Tribunal Constitucional y en la justicia tributaria. Los reclamos apuntan a la constitucionalidad de la norma y sus exenciones, y la discrecionalidad del avalúo.
En los últimos años el debate por el cálculo y el cobro de las contribuciones que realiza el Servicio de Impuestos Internos (SII) se ha intensificado. Uno de los episodios de mayor discusión de este controvertido tributo fue durante el segundo proceso constitucional, cuando se planteó la eliminación del pago del impuesto territorial a la primera vivienda. Ese texto no fue aprobado y durante la reciente campaña electoral el ahora Presidente electo, José Antonio Kast, insistió en la implementación de esa idea en su próximo gobierno. Por el lado judicial, varios contribuyentes han reclamado por los montos y la procedencia del pago del tributo. Ello se ha reflejado en un aumento de la conflictividad contra el fisco. El resultado de las sentencias ha sido variado y se espera que la Corte Suprema fije jurisprudencia para sentar precedentes hacia casos similares en el futuro.
Los pleitos en tramitación
El Tribunal Constitucional (TC) se ha transformado en uno de los epicentros de las disputas que se han abierto por el cuestionamiento a las contribuciones. Un primer caso que se ventila es una contienda que enfrenta al SII con la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo. La institución de salud reclama por ser supuestamente contrario a la Constitución el artículo 1, letra B, de la Ley sobre Impuesto Territorial, que señala: 'Establécese un impuesto a los bienes raíces, que se aplicará sobre el avalúo de ellos, determinado de conformidad con las disposiciones de la presente ley'. A juicio del equipo jurídico del hospital, la disposición legal contraviene normas constitucionales y los principios tributarios que de la carta fundamental se desprenden. Es decir, la igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición de las demás cargas públicas. Esa disposición también menciona que en ningún caso la ley podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos. El pleito surgió luego que Impuestos Internos no accediera a dejar exenta del pago del impuesto a la entidad de salud. El hospital argumentó en sede administrativa que en los hechos es un 'servicio público' y que la destinación de beneficencia está establecida en sus estatutos. También alega que no produce rentas, ya que no persigue fines de lucro.
El TC hace unos días declaró admisible el reclamo y en los próximos meses se revisará el fondo. Los antecedentes del caso hoy son reservados. Otra causa que también se revisó en esa instancia es la que enfrentó a Impuestos Internos con Inmobiliaria Los Milagros por la inconstitucionalidad de la norma que permite la modificación de las tasaciones de las propiedades, a partir del uso del suelo. Estos artículos de la ley de impuesto territorial facultan al SII para modificar el avalúo de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas, en razón de la destinación del predio, que importe un cambio de la serie en que hubiere sido incluido. De acuerdo a la reseña del SII en su respuesta ante el TC, la inmobiliaria pidió la revisión de la modificación del destino del bien raíz, en atención a que en los hechos el terreno a la fecha sigue siendo 'agrícola', por lo que no procede la retasación del suelo y menos un cobro retroactivo del impuesto. Señaló además que la superficie bruta del terreno en cuestión es de 30.202,84 metros cuadrados y no de 30.800, y cuenta con una superficie afecta a 'utilidad pública' de 2.223,34 m2. Esos argumentos fueron desoídos por el SII y la disputa escaló al Tribunal Tributario y Aduanero (TTA) de Valparaíso y luego al TC. Hace unos días, la magistratura constitucional declaró inadmisible el reclamo y devolvió el caso al Tribunal Especial de Alzada de Valparaíso. También en materia de reavalúo está pendiente la apelación que anunció el SII a un fallo de primera instancia, que acogió un requerimiento presentado por forestal Mininco en contra del Servicio, en el que se declaró la nulidad de la determinación de los avalúos fiscales respecto de bienes de propiedad de la empresa ubicados en la comuna de Aysén.
¿Problemas en la ley?
A partir de los casos expuestos, Álvaro Moraga, abogado tributario socio de Moraga & Cía., apunta a problemas en la constitucionalidad de las contribuciones. El anterior director del SII, Javier Etcheberry 'señaló que había dispuesto terminar con el factor comercial en Santiago Centro, lo que significaría una reducción de hasta el 50% en la cuota de contribuciones. De esta forma, dejó en evidencia que el impuesto puede rebajarse (y también aumentarse) por la sola discrecionalidad administrativa, lo cual es abiertamente inconstitucional', advierte. En cambio, Vicente Furnaro, socio de Tax Defense, ve problemas en la parte administrativa. 'Se trata de condiciones dinámicas, que no pueden entonces quedar sujetas a lo que disponga la ley y que necesariamente deben quedar en manos de la autoridad fiscalizadora. Es ese procedimiento el que requiere mayor transparencia, simpleza y control', plantea. Rodrigo Benítez, socio de SW Chile, explica que si bien la norma de impuesto territorial 'puede ser calificada de una mala ley o perfectible, no es posible declararla inconstitucional, considerando que la actual Constitución la validó como tal, al igual que toda la legislación existente al momento de su entrada en vigencia'.
¿SIN SEGUNDA INSTANCIA? Denuncian problemas de disponibilidad de salas
Al debate sobre el pago del impuesto territorial se han sumado denuncias por problemas en la disponibilidad de una segunda instancia jurisdiccional para la revisión de reclamos contra el Servicio de Impuestos Internos. En una carta enviada a este medio, el abogado Eugenio Benítez advirtió que actualmente algunas cortes de apelaciones han interpretado que tenían competencia para conocer casos de contribuciones, pero varias otras consideran que son los Tribunales Especiales de Alzada (TEA) de bienes raíces los que la tienen. En el caso de los TEA, la mayoría no están constituidos por falta de miembros. La Ley N° 21.713 (de cumplimiento tributario) ordenó su derogación.
CINTHIA MARTÍNEZ:
Del sueño de ser jueza a la aventura de dirigir su propia mina de oro B 6
¿RETORNO A ESE MERCADO?:
Argentina autoriza a Latam a realizar vuelos dentro de ese país B 9
HOTEL, VUELOS Y CRUCEROS:
El amplio negocio que armaron los Pivcevic en el sur del mundo
CON LA LLEGADA DE JOSÉ ANTONIO KAST
Estudiosos de la historia económica analizan las seis décadas recientes: ¿Empezará ahora un nuevo ciclo? B 5
20 AÑOS DESPUÉS DE OTROS CASOS:
La AFP de origen sindical que alista su inscripción, con una propuesta alternativa en modelo de negocios
Fundadores ya se reunieron con autoridad para avanzar en solicitud. b 2
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Pais: Chile
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Región: Metropolitana de Santiago
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Fecha: 2025-12-27
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Tipo: Prensa Escrita
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