Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2023-05-01
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   B3
Sección:   Economía y Negocios
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En las operaciones con tarjetas de crédito es donde más se reportan fraudes, con 153.187 usuarios afectados.
El Mercurio
Ley dictada en 2020 limita la responsabilidad del usuario de medios de pago:
Más de 320 mil personas reportaron ser víctimas de fraudes el año pasado: expertos alertan urgencia de revisar la legislación
El monto total involucrado fue de US$ 139 millones en 2022, mientras que el producto en donde más se reportó este tipo de hechos fue la tarjeta de crédito.
En 2022, 322.959 personas reportaron haber sido víctimas de algún tipo de fraude, según cifras de la Asociación de Retail Financiero. La Ley 21.234, conocida como 'Ley de Fraudes' y vigente desde 2020, limita la responsabilidad del usuario de medios de pago y transferencias electrónicas ante robo, hurto, extravío o fraude. Por otro lado, el monto total defraudado en 2022 asciende a US$ 139 millones.

Las tarjetas de crédito son el producto en donde más se reportan fraudes, con 153.187 usuarios afectados y con un monto ascendente a $63.903 millones. A esto le siguen las tarjetas de débito, con 124.792 personas afectadas por un monto de $17.304 millones. En tercer lugar, se encuentran las transferencias electrónicas, con 30.323 usuarios y un monto de $33.262 millones (ver gráfico).

Antonio Olivares, abogado de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), explica que 'la ‘Ley de Fraudes' fue modificada y facilita que los consumidores o usuarios de tarjetas o medios de pagos electrónicos sean compensados ante fraudes bancarios. Lo que hizo la normativa fue cambiar el paradigma y quien debe responder de forma inmediata al consumidor es la institución bancaria'. Añade que 'hay un cambio de paradigma en donde el banco indemniza primero y reclama después'.

La ley establece que por montos menores a 35 UF la entidad financiera tiene 5 días hábiles para restituir o cancelar los cargos, o 7 días hábiles si el monto es sobre los 35 UF. Sin embargo, la entidad financiera puede acudir a un juez de policía local para dejar sin efecto la restitución del dinero si se acredita que hubo dolo o culpa grave por parte del usuario.

Olivares indica que el aumento de las denuncias tiene que ver con la facilidad para los usuarios de denunciar, en comparación con el mecanismo anterior en donde el consumidor debía iniciar un proceso judicial. 'Si los montos no eran muy altos, era probable que ni siquiera hiciera el trabajo de demandar, porque los costos asociados iban a ser mayores', dice.

Las cifras de la Asociación del Retail Financiero también dan cuenta de cuáles son las entidades financieras con más avisos bajo la ‘Ley de Fraudes'. Por número de usuarios, en primer lugar, se encuentra Banco Estado, con 95.035 personas afectadas. Le sigue Santander, con 57.530, y Banco Falabella, con 52.913 usuarios afectados.

Por monto afectdo, se encuentra en primer lugar Santander, con una suma total de $36.187 millones. En segundo puesto se ubica Banco Estado, con $15.612 millones, y en tercer lugar Banco de Chile, con $15.597 millones.

Sin embargo, Claudio Ortiz, presidente ejecutivo de la Asociación de Retail Financiero, alerta sobre lo que puede estar detrás de estas cifras. 'El importante aumento que han registrado las denuncias tras la entrada en vigencia de la ‘Ley de Fraudes' en mayo de 2020 enciende una luz de alerta sobre la existencia de posibles autofraudes, lo que plantea la necesidad de revisar los mecanismos que contempla dicha legislación', afirma. Ortiz señala que, en particular, para verificar que existió un autofraude el estándar probatorio 'es muy exigente, muy alto y de muy difícil prueba ante un juez'.

Por otro lado, José Villalobos, abogado de PFV Abogados y exfiscal, indica que 'han aumentado año a año los delitos por fraudes bancarios, principalmente asociados a las transacciones que se hacen vía internet'. Señala que con esta ley 'hay una tramitación ante el banco que tiene que operar de manera casi siempre efectiva con la devolución de dinero, porque es una suerte de presunción de fraude', explica.

Sobre la posibilidad de que existan autofraudes, el abogado afirma que 'siempre es bueno estar en una permanente revisión, no puede operar todo en favor del cliente. Tiene que haber algún grado de diligencia mínima que se le exija para realizar una operación'.

Luis Opazo, gerente general de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF), afirma que 'es prioritario revisar la ley'.

El ejecutivo del gremio argumenta que la modificación del estándar probatorio a culpa grave o dolo 'es un estándar único en el mundo y en la práctica, dada la masividad de los medios de pago, resulta imposible de probar'.

Recuadro
"La ‘Ley de Fraudes' fue modificada y facilita que los consumidores o usuarios de tarjetas o medios de pagos electrónicos sean compensados ante fraudes'. Antonio Olivares Abogado de Conadecus

"Es un estándar (probatorio) único en el mundo y en la práctica, dada la masividad de los medios de pago, resulta imposible de probar'. Luis Opazo Gerente general de la Abif

ANÁLISIS
Gremio bancario pide revisar el estándar probatorio de la normativa.
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Catalina Muñoz-Kappes-