Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2021-09-10
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   18-19
Sección:   Finanzas & Mercados
Centimetraje:   34x46
El Diario Financiero
Abogados analizan la Ley FinTech y plantean mejoras al proyecto para la discusión legislativa
Expertos legales advierten que el Congreso deberá aclarar algunos aspectos de la iniciativa impulsada por Hacienda, como el giro de los negocios, medios de pago, idoneidad, rol de la CMF, entre otros.
Lectura obligada entre los abogados del sector financiero ha sido el proyecto de Ley FinTech que esta semana ingresó al Congreso.

Aunque la iniciativa ha sido valorada por diversos actores, poco a poco surgen algunas críticas y sugerencias de mejoras para el próximo debate legislativo que comenzará el 20 de septiembre.

Al abogado del estudio Aninat, Cristián Reyes, le 'parece preocupante que el proyecto de ley establezca, además de la obligación de registrarse ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el requisito de que el regulador deba autorizar el funcionamiento de las empresas'.

Reyes critica que esto 'podría entorpecer y desincentivar el desarrollo de las FinTech en Chile'.

El abogado de Barros & Errázuriz, Juan Sebastián Alonso, sostiene que 'considerando el conjunto de empresas que deberán registrarse y solicitar esta autorización, es fundamental procurar que éste sea un proceso amigable, sin muchas fricciones, y que no requiera que las FinTech en etapas iniciales deban incurrir en costos excesivos'.

Los principios

Para la asociada senior de Apparcel Uriarte & Vassallo, Consuelo Mackenna, el requisito de idoneidad que se exigirá a quienes presten servicios en FinTech 'aún no está claro, generando incerteza a dichas empresas, quienes no tienen claro si la nueva ley les impondrá requisitos de acreditación u otras validaciones que sean más gravosas a las que existen en el mercado tradicional'.

Mientras que el presidente de la Asociación Chilena de Venture Capital y socio de Carey, Francisco Guzmán, puntualiza que 'va a ser clave ver cómo se van a implementar estas normas y el marco regulatorio específico que defina la CMF'.

El giro del negocio

El socio de CMS Carey & Allende, Diego Rodríguez, comenta que uno de los aspectos que llamó la atención en el mercado es que el proyecto establece que las FinTech solo podrán realizar aquellas actividades que la CMF autorice.

'Si la idea es que las Fin- Tech tengan un giro exclusivo limitado a los servicios financieros considero debiera ser objeto de discusión, ¿qué pasa con aquellas que prestan servicios que quedan fuera de los aspectos que esta ley considera? ¿Deberán dejar de prestar estos servicios para quedar dentro del perímetro de la CMF?', advierte.

Mackenna agrega que 'es de esperar que esta diferencia no sea utilizada por la industria tradicional para absorber el negocio de las FinTech, sino que, por el contrario, busquen complementarse en el día a día en igualdad de condiciones'.

Medios de pago

El socio de DLA Piper, Jorge Timmermann, considera que la regulación de los nuevos proveedores de servicios de iniciación de pagos (PSIP) que se establecen bajo el esquema de finanzas abiertas se puede mejorar en el Congreso en cuanto a su responsabilidad en casos de fraude.

Menciona que 'si bien el proyecto agrega una obligación de los PSIP de resarcir al emisor cuando éste es el responsable de una operación no autorizada, mantiene al emisor como responsable frente al cliente, lo que podría ser revisado. Además, no establece cuáles son las circunstancias que harían responsable al PSIP frente al emisor de la operación no autorizada'.

Recuadro
En Barros & Errázuriz sostienen que la ley debería desarrollar con mayor profundidad los alcances y efectos esperados de los principios de proporcionalidad, modularidad y neutralidad.
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POR VICENTE VERA V.-