Pais:   Chile
Región:   Aysén
Fecha:   2021-10-19
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   16
Sección:   Regional
Centimetraje:   16x19
El Divisadero
Aduanas informa sobre plazos para pasavantes, admisiones y salidas temporales de vehiculos
Coyhaique-. A raíz de la emergencia sanitaria se determinó por el Servicio de Aduanas, dentro de las medidas especiales de facilitación implementadas cuando se decretó en el país el Estado de Excepción Constitucional, la suspensión de la contabilización de los plazos de vigencia de los pasavantes que pudieren vencer durante la vigencia de la resolución emitida para estos fines, hasta que sea dejada sin efecto por el Director Nacional de Aduanas. Igual disposición se determinó para los plazos por los que se hubieran autorizado las destinaciones de admisión y salida temporal de vehículos automóviles y aeronaves.

Estas acciones tuvieron por objetivo, en su momento, resguardar la salud de las funcionarias (os) y de los demás actores que intervienen en la cadena de despacho y de operaciones aduaneras, en los momentos más complejos de la pandemia. Habiéndose decretado el término del estado de excepción constitucional de catástrofe, llegado a su fin el 30 de septiembre, se dejó sin efecto lo resuelto precedentemente mediante resolución Nº 2294, del 30 septiembre 2021, determinándose que los pasavantes que hubieren vencido durante la vigencia de la resolución citada anteriormente, deberán ser cancelados dentro del plazo de 60 días contados desde la entrada en vigencia de esta resolución.

Por tanto, a contar del 7 de octubre, los vehículos amparados en pasavantes que se encuentren fuera de la zona franca de extensión disponen de 60 días para retornar a la región. Lo anterior aplica tanto para los pasavantes emitidos al 18 de marzo 2020, que tuvieren saldo a esa fecha, como los emitidos durante el período de suspensión. Por su parte, en lo relativo a las admisiones temporales de vehículos amparadas en Títulos de Importación Temporal de Vehículos (TITV); Formulario Único (FU), etc., y que aún permanezcan en el país, deberán necesariamente ser canceladas por los interesados a contar del 7 de octubre y dentro del plazo que les reste para completar los días de permanencia que se les autorizó al ingreso.

Lo mismo aplica a las salidas temporales de vehículos, amparados en Títulos de Salida Temporal de Vehículos (TSTV) que aún permanezcan en el exterior. Por tanto, se recomienda a los usuarios que estén en alguna de estas situaciones tomar conocimiento de estos plazos, revisando en sus documentos la vigencia que se había autorizado y adoptar las medidas pertinentes. En caso de dudas, realizar consultas a la Oficina de Atención y Asistencia al Usuario de la Aduana de Coyhaique al teléfono 67 2673200; Correo: oficinapartescoyhaique@aduana.cl o directamente en nuestra dependencias en Bilbao 327, Coyhaique, de lunes a viernes de 8 a 14 horas.