Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2021-11-20
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   C8
Sección:   Nacional
Centimetraje:   23x27
El Mercurio
Luis Cordero, abogado del Registro Civil, por licitación de pasaporte:
“La empresa (Aisino) tuvo la oportunidad de aclarar inconsistencias y no lo hizo”
Defensa del servicio explica las razones que llevaron a dejar sin efecto la adjudicación a grupo chino-alemán.
El 15 de noviembre pasado, el Servicio de Registro Civil e Identificación resolvió dejar sin efecto la licitación adjudicada el mes pasado a la UTP (Unidad Temporal de Proveedores) Aisino —consorcio chino-alemán formado por Aisino Corporation, Mühlbauer, Hisign, Iristar y Yitu— para elaborar las cédulas de identidad y pasaportes por los próximos 10 años y un monto de US$ 205 millones.

El abogado que representó al servicio en este proceso fue Luis Cordero. Y en entrevista con 'El Mercurio' dice que la principal razón jurídica para adoptar esta decisión fue la infracción al incumplimiento de pactos de integridad, inconsistencias o adulteración; también, que el consorcio no diera respuestas. El hecho de que no pudiera garantizar la exención de visa estaba en las bases, pero —explica— no fue el argumento principal.

—¿Cuáles fueron las razones jurídicas para dejar sin efecto la licitación?

—Se encontraron inconsistencias por presentación de documentos en la oferta que están enmendados manualmente, un certificado vinculado a la experiencia que no es consistente con lo que se reporta en términos de números. Existen, además, documentos de cuando acreditan experiencia a través de dos funcionarios con el mismo correo electrónico, que no es uno institucional, y que no está aclarado tampoco.

'El Registro Civil nunca ha hablado de adulteración'

—¿Se podía rectificar?

—El Registro Civil podría haber aplicado directamente la base y haber dejado sin efecto la adjudicación. Pero lo que hizo es que le envió una comunicación para aclarar estas inconsistencias y ellos no lo hicieron. Eran indispensables de ser aclaradas antes de firmar el contrato. El oferente tiene la obligación de entregar información fidedigna en las bases de licitación.

—¿No respondieron nada?

—La carta de Aisino decía que la solicitud es impertinente y deja al Registro Civil en la peor de las situaciones, y se le dio la oportunidad de aclarar todo y se tuvo que aplicar las bases de licitación.

Cordero aclara que la empresa tenía tres alternativas y que no ocupó ninguna: 'Responder o explicar las razones de inconsistencias, no quiso hacerlo; tampoco pidió una reunión al Registro Civil para explicarle materialmente la justificación, y tampoco la empresa pidió plazo adicional para clarificar las inconsistencias. Solo respondieron que era impertinente'.

—¿Hubo alguna adulteración de documentos?

—El Registro Civil nunca ha hablado de adulteración, solo de inconsistencias.

—¿Dejar sin efecto una licitación de este tipo en esta etapa no es habitual?

—Esto es común, se entregó jurisprudencia y resoluciones de la Contraloría. Hay una regla en las bases de licitación que señala que el servicio puede dejar sin efecto la adjudicación en el evento que se identifiquen adulteraciones e inconsistencias en su anexo. Es una regla permanente de una norma que está en las bases. Pero ellos entendían que una vez que se presentaban ofertas no se podían hacer observaciones, pero no es así, porque las bases te permiten dejar sin efecto la licitación por este motivo. La empresa tuvo la oportunidad de aclarar inconsistencias y no lo hizo.

—¿Por qué no se dieron cuenta antes de las inconsistencias si había reclamaciones de otros oferentes?

—Esto tiene que ver con las etapas de las bases. El Registro Civil tenía que aclarar esto en esta etapa para pedir el requerimiento de inconsistencia.

'Se tomó la decisión en la mitad del plazo'

—¿En la decisión influyeron los cuestionamientos a la seguridad de datos y la exención de visa de EE.UU.?

—Si era seguro o no el pasaporte no es un tema de discusión de ahora de la aplicación de bases de licitación, solo con inconsistencias.

—¿Se consideraron las consecuencias políticas y en las relaciones comerciales que podría generar la determinación que se tomó?

—No tengo mucho que opinar. Solo se consideró el incumplimiento en las bases de licitación y las inconsistencias. Se tenía un plazo de 30 días hábiles y se tomó la decisión en la mitad del plazo.

—Se ha dicho que hubo presión de Estados Unidos...

—Lo desconozco. Solo puedo decir que la exención de visa formaba parte de las bases técnicas y administrativas, estaba explicitado en las bases de licitación. Para esta licitación se sabía que estaba asociado a la mantención de la exención de visa.

—¿En qué no cumplió la empresa para mantener la exención de visa?

—No estaba en condición de asegurar la mantención. En la resolución se menciona que el ministro de Relaciones Exteriores dice que no está en condiciones de asegurarse la exención de visa dado cómo fue adjudicada. Pero el argumento jurídico son las inconsistencias y omisión de respuesta.

—La empresa ha anunciado acciones legales…

—Ellos han dicho por la prensa que puede ser un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el Tribunal de Contratación Pública o una acción ante la corte internacional arbitral, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi). Cualquiera sean las instancias a las que quieran recurrir, es razonable esperar que las inconsistencias que no le explicaron al Registro Civil las expliquen en esas reclamaciones. La omisión de respuestas al Registro Civil es la que genera el incumplimiento de bases que obliga a declarar desierta esta licitación. Ellos no respondieron las inconsistencias y dijeron que no era la oportunidad, y el Registro Civil no tenía otra opción que declarar desierta la licitación.

Recuadro
- "Cualquiera sean las instancias a las que quieran recurrir, es razonable esperar que las inconsistencias que no le explicaron al Registro Civil las expliquen en esas reclamaciones'.

- "En la resolución se menciona que el ministro de Relaciones Exteriores dice que (el consorcio) no está en condiciones de asegurar la exención de visa dado cómo fue adjudicada. Pero el argumento jurídico son las inconsistencias y omisión de respuesta'.
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Cinthya Carvajal-