Pais:   Chile
Región:   Bío Bío
Fecha:   2022-07-31
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   3
Sección:   Opinión
Centimetraje:   11x28
El Sur Concepción
Mujeres y democracia en la propuesta de Nueva Constitución
La propuesta de nueva Constitución que se someterá a plebiscito el 4 de septiembre es la primera en el mundo que surge de un órgano redactor de composición paritaria. Ello se logró a partir de la Ley 21.216, que reformó la actual Constitución con el propósito de permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas para la integración del órgano constituyente.

En el texto aprobado por la Convención Constitucional, a su vez, se contemplan elementos relativos a la paridad en el sistema democrático. El artículo 1° señala que Chile se constituye como una república solidaria, agregando que su democracia es inclusiva y paritaria, reconociendo como uno de los valores intrínsecos e irrenunciables la igualdad sustantiva de los seres humanos. Luego, se establece en la propuesta que todos los órganos colegiados del Estado, los autónomos constitucionales, los superiores y directivos de la Administración, así como los directorios de las empresas públicas y semipúblicas, deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, el cincuenta por ciento de sus integrantes sean mujeres. Lo anterior se complementa con el deber estatal de promover la integración paritaria en sus demás instituciones y en todos los espacios públicos y privados, adoptando medidas para la representación de personas de género diverso.

En materia electoral se indica que, para las elecciones populares, la ley creará un sistema electoral conforme a los principios de igualdad sustantiva, paridad, alternabilidad de género y los demás contemplados en la eventual nueva Constitución y las leyes. Dicho sistema deberá garantizar que los órganos colegiados tengan una composición paritaria y promoverá la paridad en las candidaturas a cargos unipersonales. Asimismo, asegurará que las listas electorales sean encabezadas siempre por una mujer. Una normativa parecida se establece para las organizaciones políticas reconocidas legalmente.

La Constitución de 1980, por su parte, no contiene referencias de esta naturaleza. En el texto se consagra la igualdad ante la ley para a todas las personas y, de forma expresa que hombres y mujeres son iguales ante la ley.

Entendida como una participación equilibrada de hombres y mujeres en las posiciones de poder y de toma de decisiones en diversas esferas, la paridad puede ser vista en estos tiempos como un índice para medir la calidad de las instituciones democráticas. A través de la paridad se puede enfrentar el llamado "techo de cristal", entendido como la barrera o conjunto de barreras invisibles que impiden que las mujeres ocupen ciertas posiciones de responsabilidad, tanto en esferas políticas, económicas o sociales, por ejemplo. Ello, como consecuencia de estereotipos, representaciones y roles de género que atraviesan la forma en que se estructuran los espacios de poder.

A nivel internacional, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979 llama a la máxima participación de las mujeres en todas las esferas, en igualdad de condiciones con los hombres, como condición indispensable para el desarrollo de los estados, el bienestar del mundo y la causa de la paz. Concretamente, su artículo 3 establece que los estados partes, Chile entre ellos, deben tomar en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica o cultural, las medidas apropiadas para asegurar el pleno desarrollo de la mujer, con el objetivo de garantizar el derecho y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre. Luego, el artículo 7 se establece el derecho de las mujeres a participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de estas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planes gubernamentales.
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-Ximena Gauché Marchetti, Profesora Titular y Vicerrectora de Relaciones Institucionales y Vinculación con el Medio, Universidad de Concepción