Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2022-08-11
Tipo:   Internet
Sección:   Portada
URL:   Link
Autor:   Carlos Alonso
Latercera.com

SII: 13 contribuyentes de altos patrimonios que estarían afectados por nuevo impuesto iniciaron trámite para cambio de domicilio
De acuerdo al Servicio de Impuestos Internos, desde noviembre de 2021 al 3 de agosto de 2022, un total de 158 contribuyentes han iniciado este proceso. De ellos, 52 son Altos Patrimonios, mientras que 106 de otros segmentos.
El impuesto a la riqueza que propone el gobierno dentro de la reforma tributaria sigue generando debate entre los expertos y los legisladores, principalmente por las visiones encontradas sobre la recaudación esperada, y por ello, no deja conformes a ningún especialista. Por ello, se espera que cuando se discuta en particular el proyecto que hoy está en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados este sea uno de los temas a analizar con detención.
Al nuevo tributo quedarán sujetas las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en el país como en el extranjero, que exceda las 6.000 UTA, esto es unos US$5 millones. El diseño considera un esquema de tramos y tasas marginales: entre US$ 4,9 millones a US$ 14,7 millones se aplicará una tasa del 1% y más de US$ 14,7 millones tendrá una tasa del 1,8%.
Así, 6.300 serán las personas que se encontrarán gravadas con este impuesto. La recaudación esperada es del 0,5% del PIB.
Si bien la semana pasada el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que entre el 31 de noviembre y el 8 de julio, 43 contribuyentes de altos patrimonios iniciaron el proceso para cambiar domicilio tributario, ahora al ampliar el plazo hasta el 3 de agosto, la cifra aumentó a 52. Ahora bien, en el desglose, 13 contribuyentes caerían bajo el nuevo gravamen.
En la actualidad, la nómina de altos patrimonios que elabora el SII incluye a 92.226 contribuyentes. Desde el Servicio aclaran que “solo están afectos al Impuesto Global Complementario (art. 103 LIR) las personas naturales y, por lo tanto, sólo éstas pueden efectuar la presentación”.
Desde el servicio que dirige Hernán Frigolett explican que técnicamente los contribuyentes no hacen una solicitud de cambio de domicilio, sino que es un aviso a “la Administración Tributaria de la aplicación del art. 103 de la LIR, que es un proceso de declaración de impuestos mediante la cual el contribuyente que prevé perderá su domicilio o residencia debe declarar el Impuesto Global Complementario devengado antes de ausentarse del país”.
Esta declaración debe realizarla directamente el contribuyente en la página Internet del Servicio, www.sii.cl, menú “Peticiones Administrativas y otras Solicitudes” donde debe adjuntar varios documentos, entre ellos, la determinación del impuesto proporcional, junto con los antecedentes de respaldo de su declaración de impuestos, documentos que respalden el nuevo domicilio del contribuyente en el país extranjero y una carta explicativa que fundamente su pérdida de domicilio y residencia.
Al ser una auto declaración del Impuesto Global Complementario, los contribuyentes le informan al SII la intención del contribuyente de perder su domicilio, por lo que el servicio no puede denegar este cambio de domicilio.
Se precisa que el procedimiento de aviso del art. 103 de la LIR, desde el momento que cumple con la presentación de la totalidad de los antecedentes señalados, el SII tiene un plazo de 5 días para su resolución.
En cuanto a si existe alguna diferencia para iniciar este proceso de cambio de domicilio tributario entre contribuyente de altos patrimonios y de otros segmentos, el SII afirma que “no hay diferencias para el procedimiento de aviso y pago en base al art.103″. Así desde noviembre de 2021 al 3 de agosto de 2022, un total de 158 contribuyentes han iniciado este proceso. De ellos, 52 son Altos Patrimonios, mientras que 106 de otros segmentos.
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