Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2021-11-05
Tipo:   Suplemento
Página(s):   1
Sección:   Suplemento - Portada
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El concepto de familia como el núcleo fundamental de la sociedad quedó consagrado en la Constitución de 1980.
El Mercurio - Crónica Constitucional
Comisión de Principios suma votos para consagrar a “las familias” como núcleo fundamental de la sociedad
En la instancia donde se deben delinear los primeros artículos de la propuesta de nueva Constitución, además, toma fuerza la idea de establecer que la soberanía recae en 'el o los pueblos' y no en 'la nación', como está escrito en la Carta Fundamental vigente.
Mientras las siete comisiones temáticas de la Convención Constitucional avanzan en su organización interna, cronogramas y convocatorias de audiencias públicas, en sus primeras sesiones algunas ya comienzan a delinear sus ideas para la propuesta de nueva Constitución.

Es el caso de la comisión de Principios constitucionales, democracia, nacionalidad y ciudadanía, donde en las presentaciones de los convencionales surgieron definiciones que, sin someterlas todavía a discusión ni votación, ya muestran un apoyo que podría conseguir los votos para que se transformen en propuestas ante el pleno.

'A esta comisión le va a tocar el primer artículo. Así que imaginen, tenemos que apurarnos', afirmaba el 18 de octubre Elisa Loncon, presidenta de la Convención y único representante de los escaños reservados de la comisión de Principios constitucionales.

En la actual Constitución, lo primero que aparecen son las llamadas 'Bases de la institucionalidad': nueve artículos que, según define el Diccionario Constitucional Chileno, 'establecen los principios y valores básicos del ordenamiento jurídico chileno'. En ellos están los principios generales de dignidad, igualdad y libertad, la referencia al concepto de familia y los grupos intermedios, el bien común como fin del Estado, los deberes y la forma de Estado, la soberanía del Estado, entre otros.

Diversidad

Así, por ejemplo, entre las primeras frases de la actual Constitución se lee que 'la familia es el núcleo fundamental de la sociedad'. Pero entre los 18 constituyentes que integran la comisión, hay al menos ocho —del Frente Amplio, Pueblo Constituyente, Movimientos Sociales Constituyentes y Chile Digno— que apoyan que en la nueva Carta Fundamental quede consagrado que 'las familias' son el centro o núcleo fundamental de la sociedad y no 'la familia'.

Ellos son Beatriz Sánchez (FA), Ericka Portilla (Chile Digno), las coordinadoras de la comisión; Jorge Baradit (Colectivo Socialista), Alvin Saldaña (Movimientos Sociales Constituyentes), Loreto Vallejos y Lisette Vergara (Pueblo Constituyente), Paola Grandón (Chile Digno) y Lorena Céspedes (INN). La idea también cuenta con la simpatía de Giovanna Roa (FA), quien, eso sí, es partidaria de que se añadan también 'las comunidades'.

De sumarse los votos de Elisa Loncon (mapuche) y María José Oyarzún (FA), ya estaría avanzada una primera definición de la nueva Carta, pues se requieren 10 votos para aprobar acuerdos al interior de la comisión y con ello, que la idea pase al pleno para ser votada.

'Sin duda debe cambiar a ‘las familias'', dice Vergara. Para la convencional, 'la actual Constitución no solo no se adecua a los tiempos en los que vivimos, sino que difícilmente permite abrir paso al cambio de paradigma en el que estamos hoy, donde también las comunidades y las personas están al centro del funcionamiento de las instituciones, el Estado y la sociedad', afirma.

Un argumento que se repite entre constituyentes que apoyan este concepto es que de esta forma se asegura entender que no existe una sola definición de familia, y que representaría mejor las diversas formas que existen de ella.

'Se debe trascender la noción de familia, trascender la noción monoparental clásica. Por lo tanto, se debe hablar de familias en plural, aceptando con esto que hay diversidad en esa área', opina Alvin Saldaña.

De los 18, al menos seis prefieren mantener un término más general de 'la familia', como existe hoy. Entre ellos se encuentran Martín Arrau y Eduardo Cretton (UDI), Paulina Veloso (RN), Agustín Squella (Colectivo del Apruebo), Mario Vargas (PS) y Luciano Silva (RN). Pese a este eventual consenso, las razones que esgrimen son distintas.

Veloso, por ejemplo, argumenta que cree que 'la familia de hoy es muy distinta de la que se concibió en la Constitución de 1980. Es una familia más amplia, diversa, y creo que la familia debe seguir siendo el núcleo fundamental de la sociedad, pero en esta visión y perspectiva un poco más amplia'.

Para Agustín Squella, 'es deber del Estado reconocer y proteger todas las formas de familia. Quedaría luego en manos de las políticas públicas de los gobiernos, leyes comunes y fallos de los tribunales el desarrollo o despliegue de ese deber'.

Mario Vargas opina que 'el centro de la sociedad puede ser la familia, pero siempre y cuando se entienda la variedad que existe'. Para Eduardo Cretton, ampliar la forma de entender este concepto es un error, pues afirma que podría incidir en la discusión de otros derechos, como el derecho preferente de los padres de educar a sus hijos. Martín Arrau esgrime que 'la familia como institución es anterior al Estado, y no le corresponde al Estado cambiarla. Así lo han establecido otras constituciones en Latinoamérica. En Ecuador se reconoce y protege a la familia. Lo mismo en Paraguay'.

No se trata de un concepto sencillo. Un informe de la Biblioteca del Congreso de septiembre de 2018 cita que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha dicho que 'el concepto de familia puede diferir en algunos aspectos de un Estado a otro, y aun entre regiones dentro de un mismo Estado, de manera que no es posible dar una definición uniforme del concepto'.

La titularidad del poder

El concepto de soberanía ha estado presente entre los primeros artículos de las cartas fundamentales chilenas, desde la Constitución de 1833. En ella se lee que 'la soberanía reside esencialmente en la nación, que delega su ejercicio en las autoridades que establece esta Constitución', mismo principio que existe en las constituciones de 1925 y en la de 1980.

Soberanía, que proviene del latín super amus (señor supremo), se entiende como la expresión jurídica del poder estatal.

Aunque todavía no hay claridad de los votos que lograría al interior de la comisión, independientes y convencionales de izquierda ya plantean que en la propuesta de Constitución se debiese expresar que la soberanía recae en 'el o los pueblos'. Y ya hay una señal de aquello, dice Paola Grandón: 'la Convención ya se pronunció sobre este punto en el artículo 1° del Reglamento General, expresando que ‘la soberanía reside en los pueblos''.

Saldaña argumenta que 'Chile no es un solo pueblo, por lo tanto, soy partidario de que la soberanía resida en los pueblos'.

Vergara agrega que la redacción de la actual Constitución 'está a destiempo con la realidad nacional, ya que en primera instancia desconoce la existencia de otras naciones, sobre todo cuando se ha visto un consenso general en cuanto al carácter plurinacional del país'.

Los convencionales consultados que tienen esta postura sostienen que el avanzar hacia una plurinacionalidad en la Constitución significará avanzar hacia una soberanía de los pueblos.

Respecto de ello, Squella afirma: 'La soberanía reside en el pueblo. Solo en él, es decir, en todos, incluidos los pueblos. Es por esta razón que esta nueva Constitución la aprobará el pueblo en un plebiscito'.

Valores a representar

¿Cuál es la importancia de estos primeros artículos? Verónica Undurraga, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, resume que en ellos 'se establecen los principios básicos, los valores que la Constitución va a representar. Hay, además, una declaración importante de quiénes somos nosotros, quiénes escriben la Constitución. Como en la Constitución norteamericana, que parte con 'We the people of the United States (Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos)'.

El profesor de la Universidad de Chile Enrique Navarro señala que, 'en los textos iniciales chilenos se enunciaban algunas ideas o propósitos, tal como ocurre en el Reglamento de 1811 (necesidad de dividir el poder). El Reglamento de 1822 también contiene un preámbulo e igualmente la Constitución de 1818. Las de 1828 y 1833 venían precedidas por un breve discurso presidencial sobre su importancia y justificación'. Respecto de la nueva Carta, Navarro estima que es muy probable que 'se enumere un conjunto de principios fundamentales, así como hoy se habla de dignidad de la persona, igualdad y libertad, servicialidad estatal, bien común como finalidad, República democrática, Estado unitario descentralizado, por mencionar algunos'.

Recuadro
La actual Carta Magna parte con las 'Bases de la institucionalidad', nueve artículos que señalan que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, que la soberanía reside en la nación y que Chile es una República democrática, entre otros conceptos.


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