Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2021-09-10
Tipo:   Suplemento
Página(s):   5
Sección:   Suplemento - Entretelones
Centimetraje:   17x33

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En Argentina, Brasil, Bélgica, Colombia, Ecuador, España y Portugal, las constituciones otorgan un rol a las familias y comunidades en la educación.
El Mercurio - Crónica Constitucional
Libertad de enseñanza tiene casi 150 años de tradición constitucional
La disposición fue incorporada en 1874 al catálogo de garantías constitucionales chilenas.
Entre los temas que convencionales de Vamos por Chile afirman que intentarán reponer a través de indicaciones al reglamento está la libertad de enseñanza y el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos. Esto, debido a que cuando en la comisión de Reglamento se discutían los temas que deberán abordar las comisiones temáticas propuestas, se rechazó una indicación de ese conglomerado que incluía ambas disposiciones contenidas en la actual Carta Fundamental.

El rechazo motivó a que distintas agrupaciones como la Corporación Nacional de Colegios Particulares (Conacep) y la Asociación de Padres y Apoderados de Chile (Anapaf) mostraran su descontento y otras organizaciones llegaran a protestar afuera del ex Congreso Nacional.

'No me cabe duda de que este tema se va a discutir álgidamente. Cuando se vea en la Convención, este probablemente será uno de los temas de mayor y más intenso debate', afirma Andrés Bernasconi, académico de la Facultad de Educación de la Universidad Católica.

Él es uno de los expertos convocados por el Centro de Políticas Públicas UC para conformar una mesa de trabajo que identificó los temas que, a su juicio, deben estar presentes en la discusión constitucional.

En el trabajo, donde también participaron los académicos de la UC Susana Claro (Escuela de Gobierno), Pilar Cox (Facultad de Educación), Miguel Ángel Fernández (Facultad de Derecho), Ignacio Irarrázaval (Centro de Políticas Públicas), Guillermo Marini (Educación) y Alberto Vergara (Derecho), los expertos dan cuenta de cómo estas garantías han sido consagradas a lo largo de la historia constitucional chilena.

En el caso de la libertad de enseñanza, el documento señala que esta fue incorporada al catálogo de garantías constitucionales en 1874. 'Durante el siglo XX se consolidó que este derecho comprendía dos facetas: el derecho a enseñar y aprender libremente y el derecho a abrir y mantener establecimientos educacionales', expone el texto.

En el caso del derecho a la educación, las primeras constituciones del país se referían principalmente a la educación pública desde la perspectiva del deber estatal de proveerla. En 1980, la Carta Fundamental lo reconoció como un derecho fundamental.

'El derecho a la educación y la libertad de enseñanza no se puede entender sino relacionado con la libertad de los padres a elegir la educación de sus hijos, que también está en el derecho internacional', añade Bernasconi.

A partir del análisis, los académicos realizaron propuestas para la nueva Constitución. Entre ellas, distinguen como primordial que la Carta Magna reconozca el derecho a la educación y al aprendizaje que permita el pleno desarrollo de la persona.

Luego, plantean la importancia de reconocer la libertad de enseñanza y garantizar el derecho de las personas y la comunidad a crear establecimientos de enseñanza, los cuales debiesen gozar de autonomía; que se debe consagrar la libertad de los padres y tutores de escoger establecimientos para sus hijos o pupilos y de las personas adultas para escoger por sí mismas; que las comunidades puedan participar en la gestión de establecimientos educacionales y que, tal como ocurre hoy, se instruya la creación de una ley que regule los objetivos específicos que requiera más que simple mayoría para sus modificaciones, de manera de que no dependa del gobierno de turno, entre otras propuestas.
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N. Cabello-