Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2022-09-28
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   13
Sección:   Donde Vivir
Centimetraje:   29x24

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Los drones recreativos pueden volar sobre propiedad privada solo con la autorización explícita del dueño.
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Hace unos meses se pasea los fines de semana por los patios de las viviendas, sin autorización
El caso del dron que inquieta a los residentes de un condominio de La Reina
Plataforma de administración Edipro registra 28 reclamos en lo que va del año por el uso invasivo de estas pequeñas aeronaves.
'Es incómodo que esté sobrevolando un dron por espacios privados', asegura el kinesiólogo y académico de la Facultad de Medicina de la Universidad de Santiago, Roberto Vera (48), quien hace cuatro meses empezó a ver que un dron sobrevuela los fines de semana el patio de su casa, en un condominio de 40 casas en La Reina. Calcula que pasa a unos 30 metros de altura, quizá menos, a baja velocidad, pero que no le ha podido sacar fotos. 'Pasa sobrevolando las casas, se detiene en algunas o baja la velocidad. Es un poco incómodo porque pasa a llevar nuestra privacidad. Sabemos que es de un vecino, pero tampoco podemos hacer mucho más que preguntar en la próxima asamblea de copropietarios por qué anda un dron. Hay mucho desconocimiento de su regulación.

En el condominio uno tiene regulado el paso de los autos, pero no del dron. Tampoco he preguntado mucho más también para no caerle mal al vecino', dice. El tema le preocupa mucho porque viene el verano y se empezarán a usar las piscinas y quinchos que tienen las viviendas. 'Nos sentimos invadidos por esto, viene el verano y la gente empieza a andar en traje de baño y es incómodo que te estén mirando. Si se empieza a repetir muy seguido, empezaremos a ser más catetes con el asunto', señala. Una situación similar le pasó al administrador Raúl Toro, de la empresa del mismo nombre, quien empezó a recibir reclamos de vecinos de un edificio de 26 pisos, ubicado en Mac Iver con Monjitas. De un día para otro, un dron empezó a pasar por sus balcones. 'Los vecinos me mandaron fotos y videos de que un dron estaba espiando sus departamentos. Nos tomó un par de días identificar al dueño, (un residente del piso 13).

No pudimos hablar directamente con él, pero le mandamos una carta formal de advertencia, de que no siguiera haciendo esas prácticas de lo contrario se iba a cursar una multa y los vecinos tenían la libertad de ejercer acciones legales en su contra', cuenta. La carta sirvió. Luego de enviarla, el piloto no siguió con sus sobrevuelos, pero que la comunidad quedó advertida que este tipo de acciones pasan a llevar el Reglamento de Copropiedad del Condominio, el cual establece que se debe vivir en forma tranquila y respetando la privacidad de todos. Karina Aguette, subgerenta de Alianzas de la plataforma de administración de condominios EdiPro, cuenta a septiembre de este año registran 28 reclamos de usuarios referidos a estas pequeñas naves que invaden la privacidad de terraza o áreas comunes como quinchos y piscinas, principalmente en comunidades de Providencia, las condes, La Reina y lo Barnechea.

'Cada vez se hace más habitual, lo que despierta la molestia entre los residentes ya que consideran que se pasan a llevar los límites de la privacidad', dice. Para ella el problema es mayor porque al ser un aparato tecnológico nuevo, los condominios no tienen mucho margen de acción porque los Reglamentos de Copropiedad no hablan en específico de él, pese a que podrían regularlos con prohibiciones y multas específicas.

Lo que dice la norma

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), que es el organismo que regula el uso y operación de los drones en Chile (a través del instructivo DAR 151), informa que para sobrevolar un dron en el domicilio propio no se necesita permiso de la autoridad, pero que si sobrepasa el límite de la propiedad y pasa por la de los vecinos, se debe contar con la autorización del dueño del terreno. Además, puede hacerlo bajo ciertas condiciones: que el dron tenga peso máximo de 750 gramos, debe ser fabricado de polietileno expandido (plumavit) y volar a 50 metros de altura como máximo. Estas son las condiciones para que se considere como un uso recreativo.

Si no se cumplen estas condiciones, el piloto estaría cometiendo una infracción a la normativa aeronáutica y exponerse a diversas sanciones según la gravedad, que van desde una amonestación, multa de cinco a quinientos ingresos mínimos mensuales o la suspensión de los permisos o licencias de vuelo hasta por tres años. Los reclamos se pueden presentar al organismo al correo infraccional- @dgac.gob.cl, dando el mayor detalle posible del hecho como lugar, año, mes, día y hora del vuelo, y acompañar documentos, como fotos o videos, para precisar la denuncia.

Invasión a la privacidad

Que un dron pueda grabar y sacar fotografías en alta definición a gran distancia es uno de los grandes problemas cuando sobrevuelan el espacio privado de las personas. Y en Chile no hay legislación específica al respecto. 'Para el uso civil de los drones no existe regulación en Chile, en que se restrinja o limite la facultad de usarlos en zonas residenciales.

Si bien somos pioneros en la región con la normativa DAR 151 de la DGAC, es bien genérica y se excluye el uso recreativo', dice Francisco Lara, abogado y académico de la Facultad de Derecho de la sede Valdivia, de la Universidad San Sebastián. Cuenta que es muy relevante que se empiece a conversar de estos temas, considerando que la Constitución señala que se tiene derecho y protección a la vida privada e inviolabilidad del hogar.

'Es relevante que vean tutelada su protección a la privacidad, y los drones atenta contra ello, por eso en Austria, Francia o Alemania ya tiene regulaciones al respecto'. Rafael Cereceda, ingeniero civil industrial y académico de la Facultad de Ingeniería y Ciencias de la Universidad Adolfo Ibáñez, destaca que el problema de la tecnología es que siempre va más adelante que la legislación, por lo que hay que apelar a la educación y cultura de las personas de entender que con un dron se puede transgredir la privacidad del otro y que hay que actuar con respeto.
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FRANCISCA ORELLANA-