Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2022-07-29
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   22-23-24-25-26-27
Sección:    - Entrevista
Centimetraje:   74x272
El Mercurio Legal
JORGE BOFILL Y EL TRABAJO DE LA CONVENCIÓN:
Pretender que van a coexistir en un territorio 12 sistemas jurídicos distintos es partir Chile en pedacitos
EL abogado es crítico de muchas de las premisas de las que parte la propuesta de Nueva Constitución. Desde el reemplazo del Poder Judicial por unos sistemas de justicia —nacional y Los indígenas—; el. diseño del Consejo de la justicia, que amenazaría la independencia judicial, hasta el modelo de la Corte Constitucional que la vuelve "irrelevante".
Está la oficina, pero también leer, escuchar música, aprender sobre lo que viene con la digitalización y cómo impacta en la sociedad y la economía. El abogado Jorge Bofill parece ir con más calma que antes. Él cree que es así.

La propuesta constitucional la leyó con papel y lápiz en mano. Hizo comparaciones con el texto vigente, revisó algunas leyes. Una de sus conclusiones fue que "si la Constitución lo que tiene que hacer es definir los mínimos comunes, no puede estar generando un nivel de incertidumbre tal que cuando se tiene que votar por ella ni siquiera el lector más estudioso sabe qué es lo que estamos aprobando o rechazando".

Otra es que "estamos dando un salto al vacío". Lo afirma, entre otras cosas, porque habría 12 sistemas jurídicos distintos —el nacional y los 11 indígenas, de acuerdo a los pueblos y naciones que el mismo documento reconoce—. Solo uno de ellos está escriturado, el resto no, y eso le parece "un caos normativo".

También es crítico del modelo de la Corte Constitucional que, cree, la vuelve completamente "irrelevante", y en el caso del Ministerio Público solo ve una "solución de compromiso".
—La propuesta constitucional plantea la existencia de sistemas de justicia, ¿le parece un modelo viable?

—Hay varias cosas que hay que tener en cuenta para entender este texto. El capítulo IX se denomina Sistemas de justicia, en plural, y uno es el Sistema nacional de justicia, que va a regir a la mayoría del país que no pertenece a los pueblos y naciones indígenas.

"Tenemos dos cuerpos que ejercen jurisdicción —los tribunales chilenos y las autoridades de los pueblos y naciones indígenas—, pero como el texto reconoce 11 pueblos y naciones Indígenas, lo que está diciendo es que vamos a tener 12 sistemas, los 11 indígenas más el nacional'.

"Otro artículo establece que los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, en virtud de su derecho de libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema nacional de justicia".

"Estamos dando un salto al vacío. El texto propuesto nos dice mire 'vamos a tener 12 sistemas jurídicos distintos, cada uno se va a regir por sus propias normas yen cada uno resolverán sus jueces'. Eso es sumamente difícil".

—¿En qué radica esa dificultad?

—La propuesta configura como premisa que existe un sistema jurídico de cada pueblo y nación indígena, y estos no están escritos en ninguna parte. Pueden decir que aquí se trata del tema de las costumbres y las tradiciones, que es lo que toma en cuenta, por ejemplo, el Convenio 169, pero este texto va mucho más allá de lo que se haya planteado en alguna parte respecto de lo que es una aspiración razonable de reconocimiento de los derechos y pretensiones de los pueblos indígenas, porque el convenio —al igual que la ley indígena chilena—parte de la base de que lo que hay que hacer es adaptar el sistema jurídico nacional, considerando ciertas tradiciones.

—¿Cómo debiese resolverse el tema de la coordinación "en un plano de igualdad" entre ambos sistemas?

—La propuesta plantea como premisa que cada uno de los pueblos y naciones indígenas tiene un sistema jurídico, con sus propias normas. El equivalente del derecho civil, el derecho penal... No dice cómo deben coordinarse, qué pasa cuando hay un conflicto que involucra a personas de más de uno de estos sistemas, no solo chilenos y de una etnia indígena, entre etnias, por ejemplo. Se supone que la ley debiera resolver algunos de los problemas, pero se habla de 12 sistemas y 11 de ellos que no están escritos en ninguna parte.

—¿Le parece suficiente el rol unificador que se da a la Corte Suprema?

—La norma que le da competencia a la Corte Suprema para impugnar las decisiones que se tomen en materia de jurisdicción indígena dice que esto se va a resolver en una sala especializada y que, además, va a contar con una consejería técnica, con expertos en la cultura y el derecho propio de cada uno de estos pueblos. Implícitamente dice que aunque la Corte Suprema vaya a tener una sala especializada, no necesariamente va a saber del derecho indígena que se está discutiendo.

"Si la Constitución lo que tiene que hacer es definir los mínimos comunes, no puede estar generando un nivel de incertidumbre tal que cuando se tiene que votar por ella ni siquiera el lector más estudioso sabe qué es lo que estamos aprobando o rechazando. No tenemos idea en qué va a consistir el sistema jurídico".

—¿Cuál cree que debió ser "el mínimo común" en esta materia? ¿Le parecía suficiente el Convenio 169 y la ley indígena?

—El único referente que conocemos para saber lo que se exige, al menos a nivel de tratados internacionales, es el Convenio 169. Se puede decir que la ley chilena indígena es mala, puede ser, pero el Convenio 169 se supone que es un instrumento visado por las Naciones Unidas y creo que es sensato.

"El convenio dice que como todos conviven en un mismo Estado lo razonable es que tengan un sistema jurídico, pero que este tome en consideración lo distinto que pueda haber en cada caso, pero advierte que hay ciertas cosas que podrían constituir costumbre o tradición indígena y ser incompatible con un sistema derechos humanos básicos y, en ese caso, no se pueden llegar e imponer".

"Pretender que van a coexistir en un territorio 12 sistemas jurídicos distintos es partir Chile en pedacitos, sobre todo cuando uno escucha que ellos tienen derecho a territorios propios. Entonces lo que están diciendo es que Chile va a ser un archipiélago, pero con una dificultad adicional: el archipiélago no es de islas en las cuales cada una tendrá como frontera el mar, sino que van a estar cruzándose o conviviendo en el mismo lugar permanentemente. Eso es un caos normativo".

—De aprobarse el texto, ¿cómo ve la aplicabilidad de estos sistemas?

— No veo posible que esto se haga realidad. Tengo experiencia en trabajo legislativo, tuve la suerte de intervenir en la reforma procesal penal, pero también en muchas otras cosas. Escribir leyes es muy difícil, cada artículo que se escribe tiene un sentido propio, pero también un sentido sistemático.

"Con esa experiencia no me puedo imaginar cómo la ley va a regular cómo van a funcionar, porque estamos hablando de pueblos que son distintos entre sí, sobre qué criterios va a regular cuando se producen conflictos de competencia, si no sabemos cuáles son los sistemas jurídicos indígenas, y no es que yo lo diga, sino el texto que le dice a la Corte Suprema 'tiene que tener una sala especializada, pero ojo, también asesores técnicos, que sepan de esto'".

"Eso en castellano significa que ni siquiera los miembros de la Corte Suprema, de acuerdo a la propuesta constitucional, van a saber sobre las materias que están resolviendo y tendrán que escuchar a los expertos técnicos. Y, si eso es así, ¿por qué los miembros de la Cámara de Diputados van a estar calificados para hacer esto que les encomienda la propuesta?".

—Además se imponen plazos para esta tarea...

—Creo que aquí hay entre excesos ideológicos y mucha ingenuidad para los efectos del diseño que estamos mirando.

Consejo de la justicia, sí, pero solo con mayoría de jueces

—Cambia el Poder Judicial a un Sistema Nacional de Justicia, con un nuevo diseño para el nombramiento de jueces y labores no jurisdiccionales, ¿qué piensa de un Consejo de la justicia?

—Una de las primeras críticas a la propuesta es que le desconoce al Poder Judicial su calidad y eso es muy complicado en un Estado de Derecho, la separación de poderes es una cuestión fundamental.

"El judicial se llama así porque es la manera de poner de manifiesto su independencia. Sin ella, no hay Poder Judicial. Que la propuesta nos diga que no es un poder, sino que es un sistema de justicia ya es una señal de para dónde vamos con estas regulaciones".

"Tenemos un sistema que le entrega a la Corte Suprema, por un lado, la función jurisdiccional, y, por otro, la facultades económicas y disciplinarias del Poder Judicial, concentrándose todo en una mano. Hay mucha crítica histórica a esto y la única forma de preservar la independencia judicial es que el consejo tenga mayoría de jueces —o designados por los jueces— y eso aquí no está".

"Ahora, no nos engañemos, todos sabemos que con ocasión de la discusión de la propuesta se pretendió establecer normas que permitían al Consejo de la Justicia controlar las decisiones de los jueces".

—Ahora, de los 17 queda con ocho jueces y dos funcionarios judiciales, es decir, 10 integrantes son del Poder Judicial, ¿podría entenderse una mayoría?

—Lo de los funcionarios es como que me dijeran que en Ministerio Público están todos de acuerdo, cuando escuchamos a cada rato que la asociación gremial de los fiscales tiene problemas con sus jefes, sobre todo, con el fiscal nacional. ¿Por qué vamos a presumir ingenuamente que los funcionarios van a perseguir los mismos intereses que los jueces, cuando se trata de resolver o evaluar cómo se han portado los magistrados?

Plurinacionalidad en el consejo: "Un exceso"

Y, a propósito de la integración, reflexiona sobre el concepto de plurinacionalidad, que se repite en el texto: "Si el Sistema Nacional de Justicia es para los chilenos y cada pueblo indígena va a tener su propio sistema de justicia, ¿por qué los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a nombrar dos miembros del Consejo de Justicia, si no es para ellos? Este es un exceso".

—¿Ve en el consejo un riesgo de politización?

—Estamos sacando facultades de la Corte Suprema, como las disciplinarias, y se la estamos entregando al Consejo, que podrá revisar la actuación de los tribunales, pero no sus resoluciones judiciales. O sea, le estamos entregando la revisión y la sanción de los jueces a un organismo cuya designación es de origen político en su mayoría, sin que el Poder Judicial pueda defenderse de eso. Esto es una forma de poner, por lo menos, en grave riesgo la independencia judicial.

Sin embargo —dice— "lo que no creo es que ese argumento sea suficiente para que uno diga 'vamos a mantener todo esto en manos de la Corte Suprema', porque me imagino una Corte Suprema distinta y aquí la propuesta peca por defecto".

—¿Preferiría un diseño más parecido al estadounidense, en que se eligen las causas?

—Lamentablemente, con la cantidad de competencias que tiene hoy la Corte es imposible que se pueda dedicar a las cuestiones centrales que uno esperarla, que son la uniformidad en la aplicación del derecho y la resolución de cuestiones súper relevantes en materia de debido proceso, derechos fundamentales, cosas así.

"En Estados Unidos hoy la designación es un gran tema, no me parece que sea un buen sistema, creo que está demostrando que cuando el origen del nombramiento es político surgen los fenómenos que estamos viendo, en que claramente los jueces designados por los conservadores terminan fallando por las causas conservadoras y los demócratas por las liberales".

'Ahora, si uno se asegura que la designación no tenga ese origen político y que, además, tenga que ver con una carrera judicial o de abogado relevante, se puede lograr tener una Corte Suprema que funcione en pleno, que tenga la facultad de escoger en qué materias se va a meter, que es el certiorarr.

—¿Y le parece adecuado el reemplazo del recurso de protección por la acción tutela de derechos fundamentales?

—Hoy la premisa del recurso de protección es que haya un acto o una omisión que sea arbitraria o ilegal que afecte garantías fundamentales. En la propuesta lo que se dice es que "toda persona que por causa de un acto o una omisión sufra una amenaza, perturbación o privación en el legitimo ejercicio de sus derechos fundamentales puede Ira un tribunal".

No se dice cuál, pero se entiende que son tribunales de instancia, porque las apelaciones se le entregan a las cortes.

"Esto significa que yo puedo reclamar contra una perturbación de derechos fundamentales aunque se actúe legítimamente. Eso es más o menos lo mismo que entregarle a los jueces una especie de facultad de control legislativo, porque no tiene que constatar que lo que hizo la autoridad o el recurrido es ilegal o arbitrario. Ahora, esto puede redundar en una cosa tan grave como eso o en la irrelevancia completa".

La Corte Constitucional funcionará cuando "el sistema político lo quiera"

—Sobre la justicia constitucional se ha valorado su mantención...

—No, no se mantiene.

—Pero se propone una Corte Constitucional y se le entregan atribuciones.

—Llama la atención que si se va a mantener el Tribunal Constitucional (TC) con otro nombre no se hayan hecho cargo del principal problema de esa magistratura, que es la designación, porque replican el origen político que tantos cuestionamientos ha generado.

"Y, además, pasa a ser una Corte irrelevante, porque va a funcionar a petición de otros tribunales o de otras autoridades. El principal interesado, que es el ciudadano, no tiene acceso. Creo que esta es otra solución de compromiso, entre aquellos que decían que el TC no podía desaparecer y otros que lo querían eliminar. Al final del día va a ser una Corte que va a funcionar cuando el sistema político lo quiera. En la práctica, es casi lo mismo que eliminarlo".

—¿Echa de menos el control preventivo entre sus facultades?

—Estoy de acuerdo con eliminar la facultad de revisión preventiva de las leyes, creo que ahí en buena medida se juega eso de la tercera cámara.

"Es otra oportunidad perdida"

—Sobre el Ministerio Público, ¿cómo evalúa la definición que se da en la propuesta constitucional?

—Creo que respecto del Ministerio Público esta es otra oportunidad perdida. Existe hace poco más de 20 años y uno hubiera pensado que era el momento de hacer una evaluación seria de su funcionamiento, pero la propuesta de lo único que se encarga es de regular las autoridades superiores de la fiscalía.

"Hemos tenido suficientes críticas públicas al sistema como para decir qué es lo que había que revisar. Qué significa, por ejemplo, la autonomía o independencia del Ministerio Público, porque por lo visto hasta ahora la fiscalía ha entendido, a través de sus autoridades, que nadie los puede controlar".

"Pudo examinarse el sistema disciplinario que no funciona, la ley orgánica habla de la reclamación contra los fiscales, pero nunca se ha acogido una. O, la misma ley dice que el fiscal nacional no se puede inmiscuir el causas particulares y desde el primer día del Ministerio Público eso ocurre y tiene, además, una unidad para eso".

El abogado enumera las distintas atribuciones que el texto entrega al fiscal nacional, como presidir el comité —que fijará las políticas de persecución penal— o representar a la institución ante otros órganos, y concluye que "lo único que hay es una mala solución a una discusión entre los que querían eliminar y los que querían mantener la figura, en que el fiscal nacional pasa a ser completamente irrelevante, una especie de 'embajador del Ministerio Público'".

Dice que la idea de un comité no le parece mal, sin embargo, cree que su diseño debe ser distinto al planteado.

—¿Cree que darle rango constitucional a la defensoría fue adecuado?

—Me parece bien. Creo que es de las instituciones creadas por la reforma procesal penal que ha funcionado muy bien, más allá de las criticas que tiene el sistema de licitación, el que ahora se prohíbe en la Constitución. Uno se pregunta por qué la Constitución se mete en eso.

"Esta es una Constitución que parece un código, tiene prácticamente 400 artículos. Los conceptos se repiten una y otra vez y, más allá de algunas contradicciones que uno encuentra, es un exceso normativo".

—Se elimina la figura de los abogados integrantes, ¿era recomendable?

—Eso me parece bien. Creo que, en la misma línea de la independencia del Poder judicial, que la jurisdicción sea ejercida solo por jueces supone, entre otras cosas, la eliminación de los abogados integrantes.

Recuadro
ALZA DE DELITOS VIOLENTOS: "NO PODRÍA DECIR QUE ESO ES PROBLEMA DEL MINISTERIO PÚBLICO, MÁS BIEN ES UN TEMA (...) DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA"
—Se ha comenzado a hablar de "delitos importados", como el secuestro, sicariato, entre otros. ¿Cómo evalúa su persecución penal?

—Es parte de la globalización, no es un fenómeno chileno, sino mundial. Cuando se producen migraciones grandes entran en contacto personas con distintas culturas y valores, con distintas narrativas. Pero hay distintos factores, no se puede sobre simplificar.

"Probablemente se requiera de mucha más inteligencia, en un país que prácticamente carece de ella, como ha quedado de manifiesto en los últimos tres años; sin embargo, no podría decir que eso es problema del Ministerio Público, más bien es un tema del que debiera hacerse cargo el Ministerio de Seguridad Pública".

—También, desde la perspectiva de la persecución penal, ¿qué le pareció el manejo de la crisis social?

—Fui parte del equipo convocado por el presidente Sebastián Piñera para representar a la intendencia y, eventualmente, a Metro en la persecución de delitos graves, cometidos entre fines de 2019 y comienzos de 2020.

'Tuvimos algunos éxitos, que son relevantes, algunas cosas que suenan anecdóticas, pero que son importantes, el famoso caso de 'El que baila, pasa', por ejemplo, por la vía de una salida alternativa del proceso quedó claro que ese era un hecho punible. También fuimos querellantes en el caso por el metro Pedreros, en el que finalmente —en un segundo juicio— se condenó .En otras no hubo éxito, la quema de buses, por ejemplo, porque no había muchas informaciones".

"Decir que el Ministerio Público actuó bien o mal sería injusto, a mí lo que más me molestó fue la actitud del fiscal nacional, que hizo declaraciones que manifestaban sus convicciones personales, pero que no le hacían honor a su cargo, al calificar ciertos actos, cometidos por personas que eran detenidas, como manifestaciones propias del estallido, en circunstancias que son actos que están penados por la ley. No creo que una autoridad se pueda permitir eso".

—Y en el caso de macrozona sur, el trabajo de fiscales y policías...

—Soy un lector informado a través de la prensa y algo más que eso. Pero no me atrevo a opinar sobre el fenómeno.

—Durante el último tiempo han aumentado los homicidios y el uso de armas de fuego. ¿Qué hay que mirar en este delito?

—Hace no muchos años atrás, cuando uno analizaba los homicidios Chile, primero, tenían una tasa bajísima. Éramos el segundo país detrás de Canadá y lo fuimos durante mucho tiempo. Además, los homicidios se cometían en una buena medida en contextos pasionales o en abusos de sustancias —drogas, alcohol— y eso generaba que las tasas de esclarecimiento fueran muy altas. Eso cambió. Es parte del fenómeno de la globalización, Chile dejó de ser la isla que fue tradicionalmente.

"Estamos en un mundo donde todos creen que tienen la razón y que pueden reclamar lo que les gusta. En eso consisten también los movimientos identitarios y uno de los principales problemas que tenemos hoy, incluso para el sistema político, tiene que ver precisamente con esa lógica y, al final del día, en vez de un sistema común lo que tenemos es la suma de un montón de intereses individuales, y creo no estar muy equivocado cuando sugiero leer también en esa clave la propuesta constitucional, porque acá hay mucho de eso".

Aquí hay entre excesos ideológicos y mucha ingenuidad para los efectos del diseño (del sistema de justicia) que estamos mirando".
Pie de pagina
Andrea Chaparro Solís-