Impuesto al lujo y gravamen a autos eléctricos: un tema para revisar
Pedro Sánchez, abogado de Mena Alessandri & Asociados.
La Ley 21.420 establece un impuesto al lujo con una sobretasa del 2%, la cual grava, entre otras cosas, a los vehículos cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 62 UTA, con la cual se verían afectos gran parte de los vehículos eléctricos del mercado chileno actual.Creemos que en primer lugar, esta manera de recaudación permanente no es efectiva y ello ha sido puesto a prueba en países como Inglaterra o Estados Unidos. En segundo lugar, nos encontramos con la disyuntiva del incentivo o desincentivo que debería producir esta clase de impuestos sobre ciertas conductas, llamándonos especialmente la atención lo contraproducente que puede llegar a ser este gravamen, con la recién naciente industria automotriz eléctrica, la cual está llamada a tomar fuerza para evitar la contaminación producida por los vehículos de combustión a gasolina.Sin embargo, y en contrario a lo que se esperaría y a lo que se produce en otros lugares del mundo, Chile genera un impuesto extra que afectaría a gran parte de estos vehículos, los cuales se considerarían de lujo. Creemos que este impuesto debería ser revisado para otorgar exenciones a aquellos vehículos que contribuyen con la eficiencia energética y emisiones cero, en este caso los vehículos eléctricos