| Pais: Chile |
| Región: Antofagasta |
| Fecha: 2023-01-27 |
| Tipo: Prensa Escrita |
| Página(s): 13 |
| Sección: Opinión |
| Centimetraje: 14x9 |
El proceso constituyente avanza según las reglas establecidas en el "Acuerdo por Chile", el cual tiene diferencias significativas con el anterior que hacen ser optimistas, sin perder el sentido de realismo.
Desde el humanismo cristiano valoramos las menciones a la dignidad de la persona humana y la búsqueda del bien común, contenidas en las "12 Bases Constitucionales" que servirán de marco para una nueva Constitución. También nos parece relevante que haya quedado establecido la protección a "el derecho a la vida", "la igualdad ante la ley", "el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones", "la libertad de conciencia y de culto", y "la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos".
Así como se puede ser optimista, este proceso también debe propender a generar instancias de diálogo y participación, asegurándose ahora la real colaboración de todos los actores de la sociedad, entre ellos, los que estamos en el mundo del trabajo: Trabajadores, empresarios y emprendedores.
La empresa, entendida como comunidad de personas que va más allá de la sola búsqueda de utilidades, y consciente de su responsabilidad pública, es un actor relevante y necesario para la construcción de un tejido social cohesionado, por lo que debe tener un papel activo y de cooperación en este diálogo y participación.
Que lleguemos al plebiscito de salida con un país mayoritariamente unido en torno a un texto que dé garantías de paz y prosperidad es tarea de todos y cada uno.
Francisco Jiménez Ureta Pdte Unión Social de Empresarios y Emprendedores CristianosInfraestructura Crítica
En relación con el proyecto de reforma constitucional que busca permitir que las Fuerzas Armadas resguarden la infraestructura crítica, cabría comentar que ellas no podrían cumplir exitosamente tal misión si se mantuviesen las restrictivísimas reglas de uso de la fuerza vigentes, que dejan a los militares sin capacidades disuasivas o represivas y a los terroristas con vía libre para cometer impunemente sus atentados; puesto que los militares actualmente están reducidos a la calidad de meros espantajos.
Si a los efectivos militares no se les facultare expresamente para usar sus armas letales contra quienes estén cometiendo o se apresten a cometer actos terroristas u otros graves atentados contra instalaciones que son estratégicas para el país y no se les asegurare que no serán encarcelados por "violar los derechos humanos" o por "abuso de la fuerza" si las usaren -salvo eventuales casos de acciones dolosas debidamente acreditadas- la referida reforma constitucional de nada serviría.
La obligación esencial de los gobernantes es la conservación del orden público, haciendo uso de la violencia física legítima del Estado -de la cual este tiene el monopolio- si ello fuese necesario para lograr tal cometido.
Adolfo Paúl Latorre