Tribunal Ambiental deja sin efecto aprobación de megaproyecto inmobiliario en Peñalolén
El Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, acogió las dos reclamaciones interpuestas en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y dejó sin efecto aprobación del proyecto inmobiliario "Hijuelas Quilín", ubicado en la comuna de Peñalolén.
Tras analizar los antecedentes de la causa, la sentencia concluye que el SEA no justificó adecuadamente que la iniciativa inmobiliaria no generará efectos en sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, específicamente asociados a potenciales impactos viales.
Con esta decisión, el tribunal dejó vigente la primera decisión del SEA sobre este proyecto, que en 2019 calificó desfavorablemente la iniciativa de Inmobiliaria Universa SpA.
El proyecto "Hijuelas Quilín" contempla la construcción de 24 torres para un total de 2.368 departamentos; un strip center de 22 locales comerciales, 4.009 estacionamientos para vehículos (3.964 para destino residencial y 45 para destino comercial) y 2.010 estacionamientos para bicicletas y la apertura de nuevas vías con su correspondiente urbanización. Se ubicaría en un terreno de 163.696,72 m² en avenida Consistorial (Peñalolén).
Las reclamaciones fueron hechas por el municipio de Peñalolén y un grupo de vecinos, luego que la dirección ejecutiva del SEA rechazó las solicitudes de invalidación que interpusieron contra la resolución que revirtió la calificación desfavorable del complejo.
Al analizar los antecedentes de la causa, el Tribunal determinó que la microsimulación a la vialidad adyacente al proyecto, realizada por Inmobiliaria Universia SpA, no consideró todos los aspectos necesarios para predecir el impacto entre la situación sin y con proyecto, mediante un análisis comparativo de indicadores operacionales como velocidad, demoras, detenciones, y otros que permiten garantizar la funcionalidad física y operacional.
Este paso -precisa el fallo- es importante al hacer compatible el proyecto con las variaciones de demanda en corto y largo plazo.
Respecto a otras controversias, el tribunal desestimó la necesidad de realizar un proceso de participación ciudadana.