Pais: Chile
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Región: Metropolitana de Santiago
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Fecha: 2023-08-09
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Tipo: Prensa Escrita
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Página(s): 15
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Sección: Política
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Centimetraje: 36x25
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La consejera Beatriz Hevia, presidenta del Consejo Constitucional.
'La Constitución no limita las facultades del Consejo'
Los argumentos de Hevia ante la Suprema para revertir reclamación oficialista
La presidenta del órgano redactor envió un escrito de 19 páginas, en las cuales argumenta en contra del reclamo de la izquierda que pretende impugnar, ante el máximo tribunal, las indicaciones de la derecha que crean nuevos capítulos en el anteproyecto redactado por la Comisión Experta. "No existe vicio esencial en la admisión de las enmiendas cuestionadas, ni menos aún perjuicio para los reclamantes o el debate democrático", plantea el documento.
Un informe de 19 páginas ingresó la presidenta del Consejo, Beatriz Hevia, en el expediente judicial de la reclamación de los consejeros oficialistas ante la Corte Suprema. En su reclamo, los representantes de izquierda pretenden impugnar las enmiendas que crean nuevos capítulos al anteproyecto redactado por la Comisión Experta.
Hevia envió el documento haciendo uso de la facultad establecida en el auto acordado del máximo tribunal, en el cual se establecen las reglas con las cuales se tramitará este recurso. Dicho procedimiento estipula que "quien presida el Consejo Constitucional" debe indicar "lo pertinente respecto del vicio que se reclama, su carácter esencial o no, y se refiera a los efectos del acto impugnado".
En el informe, Hevia va desvirtuando los argumentos esgrimidos en la reclamación. Lo primero que expone es que en el reclamo oficialista se alega un asunto de competencia y no una vulneración a las reglas del procedimiento. "La reclamación se funda en la supuesta incompetencia del Consejo Constitucional para añadir nuevos capítulos o modificar la denominación de los existentes en la estructura fijada por la Comisión Experta. La limitación alegada no constituye, propiamente, un vicio de procedimiento, sino una incompetencia del órgano para modificar la estructura fijada por la Comisión Experta", se lee en el documento.
Aquí la representante del órgano redactor rebate al oficialismo respecto de que el reglamento no permitiría que el Consejo pueda crear nuevos capítulos. Esto debido a que la Constitución -una norma de rango jurídico superior- les entrega las competencias a los 50 consejeros para que puedan agregar las normas que deseen.
"La competencia del Consejo Constitucional y de la Comisión Experta se encuentra regulada en la Constitución. El reglamento de funcionamiento de los órganos del proceso constitucional detalla cómo se ejercen las respectivas competencias, pero no puede añadir límites que modifiquen la decisión adoptada por el poder constituyente", se plantea en el escrito.
El oficialismo expuso que el legislador, al momento de elaborar el reglamento del proceso, le encargó la misión de armar una estructura constitucional -es decir un índice de capítulos- a la Comisión Experta. Eso también es refutado por Hevia: "No resulta viable extender los efectos de disposiciones reglamentarias citadas más allá de su propósito de organizar la discusión de la redacción preliminar encargada a la Comisión Experta. Entender que la estructura constitucional fijada en la 'fase preparatoria' del 'anteproyecto' encomendado a la Comisión Experta por la Constitución es vinculante para un Consejo Constitucional dotado de las facultades para 'aprobar, aprobar con modificaciones o incorporar nuevas normas al anteproyecto de nueva Constitución' contradice de modo expreso el texto de las disposiciones señaladas".
En esta parte, los republicanos defienden la facultad que tiene el anteproyecto -el único órgano electo democráticamente del proceso constitucional- para modificar sin limitaciones el texto redactado por los 24 comisionados. "La Constitución, al tenor de lo expuesto, no explicita de ninguna manera la intangibilidad del anteproyecto de la Comisión Experta, ni limita las facultades del Consejo Constitucional", dice el informe.
Argumentar lo contrario, se lee en el escrito, implicaría que "otorgar a la Comisión Experta la facultad de fijar el ámbito regulado por la propuesta final de nueva Constitución en una estructura rígida preestablecida". Al contrario, plantea la presidenta del Consejo, "resulta clara la intención del poder constituyente de dotar al Consejo Constitucional, en su calidad de órgano popularmente electo, de atribuciones que permitan darle al proceso la debida legitimidad democrática para la redacción de una nueva Constitución, no siendo su espíritu ni intención el establecer limitaciones como las pretendidas por los reclamantes".
El informe también busca revertir uno de los puntos del oficialismo en que plantean que un capítulo no es una norma, ya que, entre otras cosas, no tiene un número asociado al artículo: "El hecho de que la denominación del capítulo o sección no reciba numeración como artículo consecutivo del proyecto de Constitución, no lo excluye como un mandato jurídico que forma parte de sus contenidos preceptivos".
Finalmente, Hevia plantea que el vicio que reclama la izquierda no es sustancial debido a que las enmiendas recién se están debatiendo y aún no son aprobadas. "No existe vicio esencial en la admisión de las enmiendas cuestionadas, ni menos aun perjuicio para los reclamantes o el debate democrático. Ellas serán objeto de discusión y serán aprobadas, rechazadas o enmendadas de acuerdo con los quórum y procedimientos indicados en la Constitución y el reglamento de funcionamiento de los órganos del proceso constitucional. Su admisión a trámite no conduce a su incorporación al proyecto o propuesta sin su paso por los procedimientos de deliberación y aprobación democráticas previstos", plantea una de las conclusiones del informe.
El escrito adjunta como material complementario el informe que redactó el secretario general del proceso, Luis Rojas, en el cual manifiesta la opinión de la secretaría técnica sobre la "improcedencia de la impugnación de enmiendas que proponen modificar o añadir nuevos capítulos al anteproyecto de nueva Constitución".
Además, Hevia designa como su abogado al constitucionalista Alan Bronfman. El académico y experto en derecho electoral será el encargado de alegar la causa y, en audiencia pública, se enfrentará al abogado experto en derecho administrativo William García, quien representará a los 14 consejeros que firmaron la reclamación. La sala -integrada por los ministros Andrea Muñoz, Jorge Dahm, Arturo Prado, Mario Carroza y María Cristina Gajardo- convocará a alegatos para fallar la causa antes del viernes.
Nex Prensa Escrita
'La Constitución no limita las facultades del Consejo'
Los argumentos de Hevia ante la Suprema para revertir reclamación oficialista
La presidenta del órgano redactor envió un escrito de 19 páginas, en las cuales argumenta en contra del reclamo de la izquierda que pretende impugnar, ante el máximo tribunal, las indicaciones de la derecha que crean nuevos capítulos en el anteproyecto redactado por la Comisión Experta. "No existe vicio esencial en la admisión de las enmiendas cuestionadas, ni menos aún perjuicio para los reclamantes o el debate democrático", plantea el documento.
Un informe de 19 páginas ingresó la presidenta del Consejo, Beatriz Hevia, en el expediente judicial de la reclamación de los consejeros oficialistas ante la Corte Suprema. En su reclamo, los representantes de izquierda pretenden impugnar las enmiendas que crean nuevos capítulos al anteproyecto redactado por la Comisión Experta.
Hevia envió el documento haciendo uso de la facultad establecida en el auto acordado del máximo tribunal, en el cual se establecen las reglas con las cuales se tramitará este recurso. Dicho procedimiento estipula que "quien presida el Consejo Constitucional" debe indicar "lo pertinente respecto del vicio que se reclama, su carácter esencial o no, y se refiera a los efectos del acto impugnado".
En el informe, Hevia va desvirtuando los argumentos esgrimidos en la reclamación. Lo primero que expone es que en el reclamo oficialista se alega un asunto de competencia y no una vulneración a las reglas del procedimiento. "La reclamación se funda en la supuesta incompetencia del Consejo Constitucional para añadir nuevos capítulos o modificar la denominación de los existentes en la estructura fijada por la Comisión Experta. La limitación alegada no constituye, propiamente, un vicio de procedimiento, sino una incompetencia del órgano para modificar la estructura fijada por la Comisión Experta", se lee en el documento.
Aquí la representante del órgano redactor rebate al oficialismo respecto de que el reglamento no permitiría que el Consejo pueda crear nuevos capítulos. Esto debido a que la Constitución -una norma de rango jurídico superior- les entrega las competencias a los 50 consejeros para que puedan agregar las normas que deseen.
"La competencia del Consejo Constitucional y de la Comisión Experta se encuentra regulada en la Constitución. El reglamento de funcionamiento de los órganos del proceso constitucional detalla cómo se ejercen las respectivas competencias, pero no puede añadir límites que modifiquen la decisión adoptada por el poder constituyente", se plantea en el escrito.
El oficialismo expuso que el legislador, al momento de elaborar el reglamento del proceso, le encargó la misión de armar una estructura constitucional -es decir un índice de capítulos- a la Comisión Experta. Eso también es refutado por Hevia: "No resulta viable extender los efectos de disposiciones reglamentarias citadas más allá de su propósito de organizar la discusión de la redacción preliminar encargada a la Comisión Experta. Entender que la estructura constitucional fijada en la 'fase preparatoria' del 'anteproyecto' encomendado a la Comisión Experta por la Constitución es vinculante para un Consejo Constitucional dotado de las facultades para 'aprobar, aprobar con modificaciones o incorporar nuevas normas al anteproyecto de nueva Constitución' contradice de modo expreso el texto de las disposiciones señaladas".
En esta parte, los republicanos defienden la facultad que tiene el anteproyecto -el único órgano electo democráticamente del proceso constitucional- para modificar sin limitaciones el texto redactado por los 24 comisionados. "La Constitución, al tenor de lo expuesto, no explicita de ninguna manera la intangibilidad del anteproyecto de la Comisión Experta, ni limita las facultades del Consejo Constitucional", dice el informe.
Argumentar lo contrario, se lee en el escrito, implicaría que "otorgar a la Comisión Experta la facultad de fijar el ámbito regulado por la propuesta final de nueva Constitución en una estructura rígida preestablecida". Al contrario, plantea la presidenta del Consejo, "resulta clara la intención del poder constituyente de dotar al Consejo Constitucional, en su calidad de órgano popularmente electo, de atribuciones que permitan darle al proceso la debida legitimidad democrática para la redacción de una nueva Constitución, no siendo su espíritu ni intención el establecer limitaciones como las pretendidas por los reclamantes".
El informe también busca revertir uno de los puntos del oficialismo en que plantean que un capítulo no es una norma, ya que, entre otras cosas, no tiene un número asociado al artículo: "El hecho de que la denominación del capítulo o sección no reciba numeración como artículo consecutivo del proyecto de Constitución, no lo excluye como un mandato jurídico que forma parte de sus contenidos preceptivos".
Finalmente, Hevia plantea que el vicio que reclama la izquierda no es sustancial debido a que las enmiendas recién se están debatiendo y aún no son aprobadas. "No existe vicio esencial en la admisión de las enmiendas cuestionadas, ni menos aun perjuicio para los reclamantes o el debate democrático. Ellas serán objeto de discusión y serán aprobadas, rechazadas o enmendadas de acuerdo con los quórum y procedimientos indicados en la Constitución y el reglamento de funcionamiento de los órganos del proceso constitucional. Su admisión a trámite no conduce a su incorporación al proyecto o propuesta sin su paso por los procedimientos de deliberación y aprobación democráticas previstos", plantea una de las conclusiones del informe.
El escrito adjunta como material complementario el informe que redactó el secretario general del proceso, Luis Rojas, en el cual manifiesta la opinión de la secretaría técnica sobre la "improcedencia de la impugnación de enmiendas que proponen modificar o añadir nuevos capítulos al anteproyecto de nueva Constitución".
Además, Hevia designa como su abogado al constitucionalista Alan Bronfman. El académico y experto en derecho electoral será el encargado de alegar la causa y, en audiencia pública, se enfrentará al abogado experto en derecho administrativo William García, quien representará a los 14 consejeros que firmaron la reclamación. La sala -integrada por los ministros Andrea Muñoz, Jorge Dahm, Arturo Prado, Mario Carroza y María Cristina Gajardo- convocará a alegatos para fallar la causa antes del viernes.
Pais: Chile
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Región: Metropolitana de Santiago
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Fecha: 2023-08-09
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Tipo: Prensa Escrita
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Página(s): 15
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Sección: Política
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Centimetraje: 36x25
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