Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2023-08-14
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   B1
Sección:   Economía y Negocios
Centimetraje:   36x19

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En junio, poco antes de que estallara el caso Convenios, el SII y la Fiscalía Nacional firmaron un convenio para fortalecer la persecución de los delitos económicos y tributarios. Felipe González
El Mercurio
A dos meses de que estallara la crisis que se abrió con Democracia Viva:
Posible arista tributaria en caso Convenios preocupa a expertos y piden al SII acelerar fiscalización
Emisión de facturas, pago de impuestos, simulaciones y delitos figuran entre las eventuales infracciones por investigar.
Esta semana se cumplen dos meses desde que estalló el caso Convenios, crisis que tiene a cerca de 40 fundaciones investigadas por la fiscalía y forzó el viernes la renuncia de Giorgio Jackson como ministro de Desarrollo Social.
La crisis que se abrió con la fundación Democracia Viva, ligada a militantes de RD —principal fuerza del oficialista Frente Amplio—, se ha concentrado en las indagatorias del supuesto traspaso irregular de altas sumas de fondos desde organismos públicos, como seremías y gobiernos regionales, a organizaciones privadas sin fines de lucro. También instaló el debate sobre las posibles responsabilidades políticas, administrativas y penales. Sin embargo, hasta el momento no se ha discutido la arista tributaria del caso y el rol de fiscalización que le correspondería en ese ámbito al Servicio de Impuestos Internos (SII).
A juicio de expertos consultados, dadas la envergadura de la crisis y la incertidumbre que se ha generado, es clave el accionar del SII. Hace un mes el director del Servicio, Hernán Frigolett, declaraba que hasta el minuto no habían detectado un potencial delito tributario y ahora desde la entidad señalan que por razones de reserva legal no pueden confirmar o descartar investigaciones en esta línea. No obstante, fuentes vinculadas al proceso revelan que el SII sí está monitoreando el caso y existe coordinación con el Ministerio Público, vía un convenio que se suscribió en junio para la persecución de delitos económicos y tributarios.
¿SII al debe?
Hace dos semanas, en radio Bio Bio, el ex subdirector jurídico del SII Cristián Vargas explicó que la institución tiene la obligación de investigar y fiscalizar a las fundaciones que pudieran estar cometiendo delitos o irregularidades. Sin embargo, enfatizó que el Servicio “está al debe” en esta materia y llamó a apurar las indagatorias.
Otros expertos coinciden en la necesidad de acelerar la investigación de posibles delitos o faltas impositivas como una manera de cautelar “la fe pública”.
“Dadas las incertidumbres del caso y las implicancias tributarias que este puede tener, no sería prudente que el SII haga oídos sordos, debiendo cumplir su rol fiscalizador y velar por el cumplimiento de la norma tributaria”, dice David Ancelovici, director del Grupo Tributario de Albagli Zaliasnik (AZ).
Posibles infracciones
Varias son las eventuales infracciones que se podrían haber activado en el caso Convenios y una de ellas, a juicio de Ancelovici, apunta a emisión de facturas. “De no haberse emitido las facturas por los servicios prestados, en la medida en que sean de aquellos gravados con IVA (que pareciera ser el caso), estaríamos, en primer lugar, ante un delito tributario y, en segundo lugar, podríamos pensar que estamos frente a diversas donaciones de dinero. Si este es el caso, ¿estas posibles donaciones han cumplido con los requisitos legales a las que están sujetas, pagando los impuestos correspondientes cuando corresponda?”, advierte el abogado.
Claudio Bustos, socio de Bustos Tax & Legal, señala que la autoridad puede proceder en base a los mismos medios y mecanismos como lo haría con cualquier entidad y detalla que “puede suceder que se esté operando con mucha informalidad, por ejemplo, sin emitir los documentos tributarios correspondientes, en cuyo caso la fiscalización puede exigir el cruce de información con los terceros involucrados en las transacciones o la revisión de los movimientos bancarios (en la actualidad, los movimientos por montos superiores a 1.500 UF deben ser informados por los bancos al SII)”.
En tanto, Juan Alberto Pizarro, presidente de la comisión tributaria del Colegio de Contadores, explica que “la acción del SII es fiscalizar los ingresos, pero también los gastos, y particularmente es necesario que fiscalice si estos están relacionados con el giro del negocio o si los gastos dicen relación con actividades específicas, en que exista una correlación, además de constatar que las transacciones se han realizado en condiciones normales y no obedecen a una mera simulación”. En ese plano, afirma que “acá el SII tiene mucho que decir, ya que si existen operaciones simuladas de gasto podría, incluso, aplicarse la norma general antielusiva”. Complementa que “si existe desviación de recursos a socios fundadores de las entidades involucradas en el caso, el SII tiene la obligación de fiscalizar la justificación de inversiones de quien se enriquece ilícitamente”.
Por su parte, el socio adjunto de impuestos de EY, Víctor Fenner, explica otra arista impositiva que se podría abrir. “Si los fondos estatales entregados a una fundación son, finalmente, utilizados en beneficio individual de personas naturales (sus fundadores, colaboradores o terceras personas), el SII podría considerar que tales personas deben tributar por tales montos con Impuesto Global Complementario, al representar un incremento patrimonial”, dice.
Monserrat Moya, abogada especialista en organizaciones sin fines de lucro y socia del Estudio 150, afirma que “se puede investigar y fiscalizar a las fundaciones, al igual que cualquier otro contribuyente, dado que no tienen una exención en particular”. La profesional cree que “el tema es que, después de los escándalos actuales que han afectado la fe pública y la confianza del sistema en general, las fundaciones probablemente estén más en la mira del SII, lo que per se no tiene una connotación negativa”. Dice que “sin perjuicio de lo anterior, es esencial reconstruir las confianzas para no dejar a la deriva a este sector que por tantos años ha levantado causas imposibles por quienes más lo necesitan”.

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>>Dadas las incertidumbres del caso y las implicancias tributarias que este puede tener, no sería prudente que el Servicio de Impuestos Internos haga oídos sordos”.
David Ancelovici
ABOGADO AZ
Si los fondos estatales entregados a una fundación son, finalmente, utilizados en beneficio individual de personas naturales, el SII podría considerar que tales personas deben tributar”.
Víctor Fenner
SOCIO IMPUESTOS EY
Se puede investigar y fiscalizar a las fundaciones al igual que cualquier otro contribuyente, dado que no tienen una exención en particular”.
Monserrat Moya
SOCIA ESTUDIO 150
Acá el SII tiene mucho que decir, ya que si existen operaciones simuladas de gasto podría, incluso, aplicarse la norma general antielusiva”.
Juan Alberto Pizarro
COLEGIO DE CONTADORES
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JUAN PABLO PALACIOS