Pais: Chile
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Región: Metropolitana de Santiago
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Fecha: 2023-10-10
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Tipo: Prensa Escrita
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Página(s): B2
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Sección: Economía y Negocios
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Centimetraje: 16x25
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El proyecto de ley está en primer trámite constitucional y será discutido ahora por la Sala del Senado. JONATHAN MANCILLA
La iniciativa busca que trabajadores accedan a flexibilidad horaria y jornadas híbridas
Conciliación familiar y laboral: Empleadores deberán ofrecer teletrabajo a madres, padres y cuidadores
La Comisión de Trabajo del Senado despachó el proyecto con un cambio medular: si antes el trabajador debía solicitar el beneficio, ahora la empresa lo ofrecerá.
Recientemente la Comisión de Trabajo del Senado despachó a la Sala el proyecto de ley de conciliación familiar y laboral con un cambio crucial. La iniciativa busca ofrecer mayor flexibilidad horaria y jornadas híbridas a madres y padres de menores de 14 años y a cuidadores de personas con dependencia severa o moderada, independiente de su edad.
El proyecto original establecía que era el trabajador quien debe solicitar que su jornada se realizara total o parcialmente de manera remota, si sus funciones lo permiten. Con las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo, que fueron aprobadas de manera unánime por la Comisión de Trabajo, será el empleador quien deba proponer esta modalidad a los trabajadores que puedan acceder a este derecho. Para los abogados, este es un avance positivo.
Leyla Alul, asociada sénior de Aninat Abogados comenta que “esta nueva redacción implica una obligación para el empleador, que consiste en ofrecer esta modalidad de servicios si tiene conocimiento que uno o más de sus trabajadores se encuentra en esta situación”. Por otro lado, destaca que la redacción modificada está en armonía con las normas respecto al trabajo remoto introducidas en el Código del Trabajo por la pandemia. Además, señala que “esta nueva redacción vela por una aplicación universal y acceso igualitario a este derecho entre todos los trabajadores, y se relaciona con el deber del empleador de promover el equilibrio entre el trabajo y la vida personal”.
Fomentar el acuerdo
Una de las críticas esgrimidas en contra de este proyecto antes de su modificación, es que buscaba establecer en la ley algo que ya podía acordarse entre trabajador y empleador, y que por lo tanto iba a rigidizar las relaciones laborales.
María Cristina Fernández, managing director de KPMG Law en Chile, estima que con esta modificación se avanza en este aspecto también. Con los cambios ingresados, se concilia mejor el ejercicio de este beneficio por parte del trabajador, “pero por otro lado también el derecho del empleador de poder administrar y dirigir la empresa, porque antes lo dejaba un poco esto a ejercicio del trabajador”.
De esta forma, señala que “esta nueva redacción tiende a fomentar y favorecer el acuerdo” entre trabajadores y empleadores. “La anterior redacción dejaba al empleador un poco de manos atadas”, afirma.
Para Santiago Guillén, abogado del estudio Navarro la modificación “beneficia al trabajador porque es la empresa ahora la que tiene que dar el primer paso”. Explica que este beneficio sería porque “ahora la empresa es la que se enfrenta a alguna sanción si es que ella toma conocimiento de que tiene algún trabajador que está con labores de cuidado” y no ofrece la modalidad híbrida. “Porque si es que no lo hace, puede arriesgarse a una sanción de parte de la Inspección del Trabajo”, afirma.
Ahora, el proyecto de ley deberá ser discutido en la Sala del Senado. Fernández anticipa que la discusión estará centrada en determinar qué labores se pueden prestar o realizar vía remota, lo que señala que “va a ser complejo”. “La decisión va a pasar un poco también por construir una cultura organizacional interna. El teletrabajo lo que hace es que te excluye un poco del contacto diario con tus pares. Entonces, ¿cómo concilias ambas cosas?”, indica.
Nex Prensa Escrita
La iniciativa busca que trabajadores accedan a flexibilidad horaria y jornadas híbridas
Conciliación familiar y laboral: Empleadores deberán ofrecer teletrabajo a madres, padres y cuidadores
La Comisión de Trabajo del Senado despachó el proyecto con un cambio medular: si antes el trabajador debía solicitar el beneficio, ahora la empresa lo ofrecerá.
Recientemente la Comisión de Trabajo del Senado despachó a la Sala el proyecto de ley de conciliación familiar y laboral con un cambio crucial. La iniciativa busca ofrecer mayor flexibilidad horaria y jornadas híbridas a madres y padres de menores de 14 años y a cuidadores de personas con dependencia severa o moderada, independiente de su edad.
El proyecto original establecía que era el trabajador quien debe solicitar que su jornada se realizara total o parcialmente de manera remota, si sus funciones lo permiten. Con las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo, que fueron aprobadas de manera unánime por la Comisión de Trabajo, será el empleador quien deba proponer esta modalidad a los trabajadores que puedan acceder a este derecho. Para los abogados, este es un avance positivo.
Leyla Alul, asociada sénior de Aninat Abogados comenta que “esta nueva redacción implica una obligación para el empleador, que consiste en ofrecer esta modalidad de servicios si tiene conocimiento que uno o más de sus trabajadores se encuentra en esta situación”. Por otro lado, destaca que la redacción modificada está en armonía con las normas respecto al trabajo remoto introducidas en el Código del Trabajo por la pandemia. Además, señala que “esta nueva redacción vela por una aplicación universal y acceso igualitario a este derecho entre todos los trabajadores, y se relaciona con el deber del empleador de promover el equilibrio entre el trabajo y la vida personal”.
Fomentar el acuerdo
Una de las críticas esgrimidas en contra de este proyecto antes de su modificación, es que buscaba establecer en la ley algo que ya podía acordarse entre trabajador y empleador, y que por lo tanto iba a rigidizar las relaciones laborales.
María Cristina Fernández, managing director de KPMG Law en Chile, estima que con esta modificación se avanza en este aspecto también. Con los cambios ingresados, se concilia mejor el ejercicio de este beneficio por parte del trabajador, “pero por otro lado también el derecho del empleador de poder administrar y dirigir la empresa, porque antes lo dejaba un poco esto a ejercicio del trabajador”.
De esta forma, señala que “esta nueva redacción tiende a fomentar y favorecer el acuerdo” entre trabajadores y empleadores. “La anterior redacción dejaba al empleador un poco de manos atadas”, afirma.
Para Santiago Guillén, abogado del estudio Navarro la modificación “beneficia al trabajador porque es la empresa ahora la que tiene que dar el primer paso”. Explica que este beneficio sería porque “ahora la empresa es la que se enfrenta a alguna sanción si es que ella toma conocimiento de que tiene algún trabajador que está con labores de cuidado” y no ofrece la modalidad híbrida. “Porque si es que no lo hace, puede arriesgarse a una sanción de parte de la Inspección del Trabajo”, afirma.
Ahora, el proyecto de ley deberá ser discutido en la Sala del Senado. Fernández anticipa que la discusión estará centrada en determinar qué labores se pueden prestar o realizar vía remota, lo que señala que “va a ser complejo”. “La decisión va a pasar un poco también por construir una cultura organizacional interna. El teletrabajo lo que hace es que te excluye un poco del contacto diario con tus pares. Entonces, ¿cómo concilias ambas cosas?”, indica.
Pais: Chile
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Región: Metropolitana de Santiago
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Fecha: 2023-10-10
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Tipo: Prensa Escrita
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Página(s): B2
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Sección: Economía y Negocios
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Centimetraje: 16x25
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